Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 29 de Marzo de 2019, expediente CIV 036903/2017/1

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

36903/2017

Incidente Nº 1 - ACTOR: ZAMPINI, O. DEMANDADO:

ALBIZZATI, M.A. Y OTRO s/EJECUCION DE

HONORARIOS - INCIDENTE CIVIL

Buenos Aires, 29 de marzo de 2019.- FP

AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Con relación al recurso extraordinario interpuesto a fs.102/105, cuyo traslado fue contestado a fs. 108/112, cabe señalar que las cuestiones referentes a los honorarios regulados en las instancias ordinarias, a la determinación del interés comprometido en el juicio, y a las bases consideradas a tal fin, así como la interpretación y aplicación de las normas arancelarias, son —en virtud de su carácter fáctico y procesal— materia extraña a la vía del art. 14

de la ley 48 y —consecuentemente— ajenas al recurso extraordinario (Fallos 270:388; 277:248; 278:365; 281:431; 297:46; 299:307;

303:451; 304:501; 325:848; 328:282).

Además, la materia resuelta es de hecho y de derecho común, propia de los jueces de la causa y ajena a la vía extraordinaria,

y la resolución de fs. 95/96 cuenta con fundamentos de ese carácter que bastan para sostenerla como acto jurisdiccional, lo que obsta a la tacha de arbitrariedad (Fallos 274:462; 278:135; 300:200).

Ello pues, la posibilidad de descalificar una sentencia judicial por razón de arbitrariedad reconoce fundamento en la garantía constitucional de la defensa en juicio [que] no importa sólo la facultad de accionar y contradecir, así como la de alegar y probar en apoyo de los derechos invocados, sino también el derecho de obtener el pronunciamiento de una sentencia que, haciéndose cargo de las alegaciones y de las pruebas, configure una respuesta válidas a los Fecha de firma: 29/03/2019

Alta en sistema: 05/04/2019

Firmado por: P.M.G.-.P.E.C.-.J.P.R., JUECES DE CÁMARA

requerimientos de las partes, o sea un adecuado “amparo” judicial de esos derechos (...).

En este entendimiento, si bien los escuetos argumentos esgrimidos apuntan a señalar la arbitrariedad de la sentencia por no ajustarse a las constancias de la causa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR