Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 9 de Octubre de 2019, expediente CNT 047483/2011/1/CA002

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 47483/2011 - Incidente Nº 1 - ACTOR: F.L.A. DEMANDADO: M.S. Y OTRO s/TERCERIA Buenos Aires, 09 de octubre de 2019.

VISTOS:

Que, llegan las presentes actuaciones a esta alzada para el tratamiento del recurso interpuesto por la parte actora a fs. 60/61 y por el codemandado en la presente (perito contador) a fs. 58/vta., con relación a la resolución dictada en la instancia anterior que desestimó la tercería interpuesta y el pedido de levantamiento del embargo decretado en el principal (fs. 56)

Que, a fs. 64/66vta. contestó el traslado que le fue conferido el codemandado de este incidente (perito contador).

Que, asimismo, a fs. 77/vta. contestó la vista conferida el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, del cotejo de las constancias obrantes en la causa, en particular la resolución de fs. 47 que no fue recurrida, así como la naturaleza de la presente incidencia y forma en que corresponde que tramite (art. 45 L.O. y 101 C.P.C.C.N.), este Tribunal comparte lo dictaminado por el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo a fs.

    77/vta., con relación a que habiéndose tenido por no presentada la demanda dirigida contra M.S.

    corresponde sin más el rechazo de la tercería; lo que torna abstracto el tratamiento de los agravios vertidos en el memorial recursivo.

  2. Que, por otra parte, con respecto al recurso de apelación interpuesto por el codemandado de las presentes, perito contador de los autos principales, por considerar bajos los honorarios regulados a fs. 56, teniendo en cuenta la naturaleza de las tareas cumplidas en esta incidencia, forma en que Fecha de firma: 09/10/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX #27320994#246572245#20191009094037349 Poder Judicial...

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