Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 11 de Noviembre de 2019, expediente CAF 026339/2019/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 26339/2019 Incidente Nº 1 - ACTOR: FRIDECO SA (TF 37500-I (INCIDENTE)) s/BENEF. DE LITIGAR S/G Buenos Aires, de de 2019.-RR Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la Sala A del Tribunal Fiscal dictó

    el pronunciamiento de fs. 166/167 mediante el cual rechazó el beneficio de litigar sin gastos promovido por la firma actora a fs. 13/16 —con relación al recurso deducido contra la determinación de oficio dictada por la AFIP-DGI el 11 de marzo de 2013 en el impuesto al valor agregado (períodos fiscales 8/2007 a 9/2008)—, con costas.

    En consecuencia, la intimó a ingresar la suma de $78.119 en concepto de tasa de actuación, bajo apercibimiento de librar la respectiva boleta de deuda.

  2. Que al denegar el beneficio de litigar sin gastos peticionado por la firma actora, el Tribunal Fiscal examinó los medios probatorios reunidos en la causa —efectuando un resumen de ella—

    y destacó que:

    a) El objeto de la actividad probatoria a desarrollar en el incidente de beneficio de litigar sin gastos consiste en reunir elementos que permitan al juzgador formar la convicción acerca de la imposibilidad del interesado de obtener los recursos para afrontar el costo que eventualmente irrogue la acción.

    La peculiar naturaleza del extremo a demostrar impone que la valoración de las pruebas rendidas no atienda a un grado de absoluta certeza sino a la posibilidad de que el caso encuadre en el supuesto que autoriza el otorgamiento del beneficio.

    b) En la causa no ha quedado demostrada la carencia de recursos de la firma actora para afrontar los gastos del pleito.

    Fecha de firma: 11/11/2019 Alta en sistema: 12/11/2019 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #33631210#246838026#20191022114349566 En cuanto a la prueba de informes dirigida a las instituciones bancarias, sólo tres han informado que la empresa tiene cuentas en sus bancos, lo que no resulta determinante para demostrar su capacidad financiera.

    El Registro del Automotor informó que tiene bienes a su nombre.

    El peritaje contable es incompleto, “en tanto no informa qué períodos han auditado, como tampoco las disponibilidades, las deudas o créditos a cobrar, como tampoco se exponen los Estados de Resultados”.

    De las declaraciones juradas aportadas por el Fisco Nacional “surge patrimonio neto positivo y ganancia tanto contable como impositiva en todos los períodos fiscales”. Asimismo, en el último período informado correspondiente al año 2014, surge “un patrimonio neto de $8.671.220,11 y una utilidad contable e impositiva de $3.007.708,25”.

  3. Que contra la denegación del beneficio de...

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