Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 26 de Agosto de 2019, expediente CCF 009723/2018/1/CA001

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 9723/2018 Incidente Nº 1 - ACTOR: LOPEZ, E.E. DEL VALLE DEMANDADO: OSDE s/INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR Buenos Aires, de agosto de 2019. LC VISTO: el recurso de apelación interpuesto y fundado por la amparista a fs. 131/138 contra la resolución de fs. 130; y CONSIDERANDO:

  1. La señora E.E.D.V.L., mediante apoderado, y en su calidad de beneficiaria, promovió demanda de amparo –

    con medida cautelar- contra la Obra de Servicios Directos Empresarios -OSDE-, a fin de que se procediera a la inmediata cobertura total de la cirugía cardiovascular de reemplazo valvular aórtico por cateterismo (TAVI), a llevarse a cabo en el Instituto FLENI con provisión de válvula aórtica percutánea, ello en virtud de la dolencia que padece (“Estenosis Valvular Aórtica Severa”). Expuso que frente al deterioro progresivo de su capacidad funcional, sus médicos tratantes, D.. Sergio

  2. PERRONE, E.M. y G.C., le indicaron el tratamiento percutáneo de la estenosis valvular aórtica severa mediante el sistema TAVI (implante valvular aórtico por cateterismo), fundado principalmente en razones de edad y estado general en que se encuentra.

  3. El señor J. de primera instancia, valorando los fundamentos vertidos por el Cuerpo Médico Forense en sus dictámenes de fs. 64/68 y fs. 80/82, ponderando además que ellos coincidían con la posición que asumiera desde un principio la demandada, denegó la medida cautelar solicitada por entender que no se hallaban acreditados los extremos requeridos para su dictado.

    Esa decisión motivó el recurso de apelación de la actora en los términos que da cuenta el memorial de fs. 131/138, alegando en concreto que: a) se había omitido efectuar un análisis más acabado y preciso sobre la Fecha de firma: 26/08/2019prueba documental obrante en autos, pues la misma descalifica lo expuesto A. en sistema: 27/08/2019 Firmado por: A.S.G.-.E.D.G.-.R.V.G. #33615521#242476763#20190826113414294 por el Cuerpo Médico Forense, como también la postura adoptada por la demandada quien insiste con que la cirugía debe practicarse a cielo abierto; b) no se tuvo en cuenta la actualización de la historia clínica expedida por el FLENI –prestador de OSDE- donde surge “la contraindicación a la circulación extracorpórea, y por ende, a la cirugía convencional, por la aparición de nuevos focos de microsangrado residual lenticulocapsular izquierdo y capsular externo derecho” (conf. punto II .a), del memorial de agravios). Afirma que dicha circunstancia no ha sido analizada por el Cuerpo Médico Forense, como tampoco por la demandada; c) no se valoraron los nuevos artículos científicos presentados que descalifican la postura del Cuerpo Médico Forense quien sostiene que no existen estudios en pacientes de bajo riesgo para la cirugía requerida; d) se equivocó el “a quo” al precisar que no se daban los extremos para la admisibilidad del dictado de la medida cautelar peticionada. Pues, de la documentación acompañada con la pieza de inicio surge con evidencia la necesidad de someterse a la cirugía, ya sea efectuando la práctica convencional o mediante cateterismo –TAVI-, de manera que existe verosimilitud en el derecho, como también peligro en la demora, pues existe riesgo de vida y cada día cuenta.

    Por su lado OSDE hizo lo propio mediante la pieza de fs.

    142/144.

  4. Previo al llamado de autos, en atención a las particulares circunstancias que antecedieron a la...

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