Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 12 de Febrero de 2019, expediente CAF 045129/2015/1/CA002
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2019 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III |
Poder Judicial de la Nación 45129/2015; Incidente Nº 1 - ACTOR: BAHHOURI, J.J. s/BENEF. DE LITIGAR S/G Buenos Aires, 12 de febrero de 2019.- IBP Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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Que el sr. Juez de primera instancia resolvió conceder el beneficio de litigar sin gastos solicitado por la parte actora, Sr. J.J.B., con los alcances del art. 84 y ss. del Código Procesal.
Para así resolver, señaló que si bien para obtener el beneficio de litigar sin gastos no es imprescindible producir una prueba acabada que otorgue un grado absoluto de certeza sobre las condiciones de pobreza alegadas, es necesario que se alleguen al expediente suficientes elementos de convicción que permitan verificar razonablemente que el caso encuadra en el supuesto que autoriza el otorgamiento del beneficio (CSJN, Fallo: 311:1372). Continuó expresando que tal carga -a la luz de la prueba aportada por el peticionante- cabe tenerla por satisfecha plenamente, en tanto las declaraciones de testigos (fs.9/11) junto con la prueba documental acompañada a la causa (fs.7/8, 39/40, 57/72 y 84/85) y los informes agregados a fs. 42/44 y 52/54, ofrecen presunciones suficientes, precias y concordantes para concluir que los medios económicos de que disponen los actores no resultan suficientes para hacer frente a las erogaciones que requiere el presente proceso.
Asimismo, agregó que si bien la demandada ha cuestionado el valor probatorio de las declaraciones efectuadas por los testigos propuesto por la actora, no solicitó su citación ante el juzgado para que ratifiquen sus declaraciones o fueran interrogados por ella, ni tampoco negó específicamente ninguno de los hechos que allí
describen relativos a la situación económica de la actora; todo lo cual, le permitió tener por acreditado que los bienes que pudiera tener no superan lo necesario para su manutención.
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Que, contra la resolución de primera instancia, interpuso recurso de apelación la demandada a fs. 97, que fue fundado por el memorial de fs. 101/105, cuyo traslado fue replicado por su contraria a fs.108/109vta.
Fecha de firma: 12/02/2019 Alta en sistema: 14/02/2019 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #27335078#225945936#20190213085522465 Poder Judicial de la Nación 45129/2015; Incidente Nº 1 - ACTOR: BAHHOURI, J.J. s/BENEF. DE LITIGAR S/G El organismo demandado dirige sus críticas, en primer término, a la valoración de la prueba testimonial efectuada por el a quo. Al respecto, señala que las tres personas que prestaron declaración testimonial son familiares del actor (cuñados dos de ellos, y “pariente lejano” en el caso de la tercera) y que tal circunstancia, si bien no los excluye como testigos, permite inferir cierta parcialidad o complacencia, y les resta eficacia probatoria al momento de su valoración.
Luego, se agravia de la valoración que el magistrado de grado ha hecho en relación a los ingresos y bienes del solicitante acreditados en autos. En relación a los primeros (ingresos del solicitante y su cónyuge) indica que no configuran la situación de carencia de recursos suficientes para afrontar las costas...
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