Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 13 de Septiembre de 2018, expediente FBB 007314/2018/1
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA |
Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 7314/2018/1/CA1 – Sala I – Sec. 1 Bahía Blanca, de septiembre de 2018.
VISTO: Este expediente nro. FBB 7314/2018/1/CA1, caratulado: “Inc. apelación…
en autos: ‘U.,L. y otro c/OSECAC s/Amparo contra actos de particulares’”, venido
del Juzgado Federal nro. 1 de la sede, para resolver el recurso de apelación interpuesto a
fs. sub 63/64 vta., contra la resolución de fs. sub 49/50; y CONSIDERANDO:
1ro.) Que a fs. sub 49/50, el señor juez de grado hizo lugar a la
medida cautelar solicitada por A., en representación de su hija menor
L.U. (cfr. fs. sub 45/47), y ordenó a la obra social OSECAC a brindar la cobertura al
100% del tratamiento psicológico requerido, a razón de una sesión por semana hasta
diciembre del corriente año.
2do.) Contra dicha decisión, la demandada interpuso recurso de
reposición con apelación en subsidio (fs. sub 63/64 vta.). El primero fue rechazado y
el segundo concedido a f. sub 68.
Entre sus agravios, sostuvo: a) que no se ha acreditado la
negativa de la obra social a la prestación requerida y; b) no se completó la
documentación de solicitud correspondiente ni se detalló qué profesional atenderá a la
niña, su plan de trabajo o su calidad de prestador.
3ro.) La parte actora no contestó el traslado conferido (v. f. sub
66).
4to.) Por su parte, a fs. sub 75/76, el señor F. General
subrogante se expidió en favor del rechazo del recurso interpuesto y por confirmar –
por ende– la resolución de grado.
5to.) El sub lite versa sobre una niña de 6 años de edad, quien
padece de hipoacusia neurosensorial bilateral, por lo cual se le extendió el
correspondiente certificado de discapacidad (v. f. sub 6).
En torno a su patología, la pediatra –Dra. L.– indicó
para la menor tratamiento psicológico “…de forma URGENTE”, una sesión semanal
hasta diciembre de 2018. Justificó dicha urgencia en la circunstancia de que la menor
padece de hipoacusia y de trastorno de la personalidad narcisista, lo que le dificulta
las relaciones interpersonales (cfr. fs. sub 43/44).
Sobre tales premisas, el análisis de la verosimilitud en el
derecho en la especie, no podrá desvincularse de la naturaleza de los derechos en
Fecha de firma: 13/09/2018 Alta en sistema: 17/09/2018 Firmado por: S.M.F., JUEZA DE CÁMARA Firmado por: MARÍA SOLEDAD COSTA, SECRETARIA Firmado por: R.D.A., JUEZ DE CÁMARA #32517333#216219334#20180913125210932 Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 7314/2018/1/CA1 – Sala I – Sec. 1 juego; en...
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