Incidente Nº 1 - ACTOR: SIMMONS DE ARGENTINA SAIC DEMANDADO: GCBA - AGIP - DGR s/INC APELACION
Número de expediente | CAF 091705/2017/1/CA001 |
Fecha | 11 Septiembre 2018 |
Número de registro | 215732663 |
Poder Judicial de la Nación 91705/2017 Incidente Nº 1 - ACTOR: SIMMONS DE ARGENTINA SAIC DEMANDADO: GCBA - AGIP - DGR s/INC APELACION Buenos Aires, 11 de septiembre de 2018.- SH Y VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por la Procuración General del Gobierno la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fs. 90, contra la resolución de fs. 59/63vta., fundado por el memorial de fs.
93/113, cuyo traslado conferido a fs. 114 no fue replicado por la parte actora (cfr. fs. 115).; y, CONSIDERANDO:
Que por la resolución del 16 de abril de 2018 el señor juez de primera instancia admitió la medida cautelar solicitada por SIMMONS de ARGENTINA SAIC y, en consecuencia, ordenó que la sociedad actora tribute en concepto de Impuesto Sobre los Ingresos Brutos (ISIB), idéntica alícuota a la prevista en la legislación local para aquellos contribuyentes que desarrollen la misma actividad en establecimientos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; debiendo la demandada abstenerse de adoptar cualquier acto o conducta que implique la ejecución de las normas controvertidas. Fijó una caución por la suma de $500.000 que fue prestada a fs. 72/76.
Para así decidir, tuvo especialmente en cuenta que el caso sometido a su conocimiento resulta análogo al resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con 13/12/16, en el marco de la causa caratulada “CAMPARI ARGENTINA SA C/ CÓRDOBA, PROVINCIA DE S/ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA” (CSJ 1198/2016), donde entendió que se encontraban reunidos los presupuestos necesarios para acceder a la medida cautelar pedida, con sustento en la jurisprudencia que sentara en las causas CSJ 114/2014 (50H)/CS1 “HARRIET Y DONNELLY SA C/ CHACO, PROVINCIA DEL S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA”, del 24/2/15; CSJ 38/2014 (50D)/CSl, “DROGUERÍA DEL SUD SA C/BUENOS AIRES, PROVINCIA DE S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA”, del 2/6/15; “TELECOM ARGENTINA SA” (Fallos: 338:802); CSJ 4018/2014, “TELECOM PERSONAL SA C/ SANTA FE, PROVINCIA Fecha de firma: 11/09/2018 Alta en sistema: 12/09/2018 Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #32100577#215732663#20180911122655859 Poder Judicial de la Nación 91705/2017 Incidente Nº 1 - ACTOR: SIMMONS DE ARGENTINA SAIC DEMANDADO: GCBA - AGIP - DGR s/INC APELACION DE S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE CERTEZA”, 10/9/15; CSJ 230/2011 (47E) /1, “ENOD SA C/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE S/ INCIDENTE DE MEDIDA CAUTELAR”, del 15/9/15; y CSJ 3992/2015, “BAYER S.A. C/ SANTA FE, PROVINCIA DE S/ ACCIÓN DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD”, del 23/2/16.
Destacó que en ellas, el Alto Tribunal consideró –en síntesis– que en tanto se cuestionaba la constitucionalidad de la pretensión impositiva local consistente en gravar con una alícuota diferencial mayor del impuesto sobre los ingresos brutos a las ventas de productos elaborados fuera de su jurisdicción, se encontraba suficientemente acreditada la verosimilitud en el derecho y la configuración de los presupuestos establecidos en los incisos 1 y 2, del artículo 230, del CPCCN, para acceder a la medida requerida.
Ello así, por cuanto adquiría preeminencia la necesidad de determinar si tal pretensión impositiva excedía las potestades tributarias locales, precisar cuáles eran los alcances de la jurisdicción y competencia que tiene la demandada para ejercer eventualmente el derecho de percibir la alícuota diferencial cuestionada, y si tal proceder quebrantaba la potestad del Gobierno Federal de reglar el comercio de las provincias entre sí (artículo 75, inciso 13, de la Constitución Nacional; arg. CSJN, Fallos 178:308; 320:1302, considerando 6°, entre otros).
Que la Procuración General del Gobierno la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el punto II de su memorial hace saber que se encuentra pendiente el planteo de inhibitoria ante el fuero contencioso administrativo y tributario local en autos “GCBA s/
incidente de inhibitoria – acción meramente declarativa”, expte.
C12613-2018/1, y sostiene que el fuero mencionado resulta competente para conocer en este proceso.
En seguida, expone los agravios que le causa la resolución apelada y denuncia que se ha vulnerado el principio de Fecha de firma: 11/09/2018 Alta en sistema: 12/09/2018 Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #32100577#215732663#20180911122655859 Poder Judicial de la Nación 91705/2017 Incidente Nº 1 - ACTOR: SIMMONS DE ARGENTINA SAIC DEMANDADO: GCBA - AGIP - DGR s/INC APELACION legalidad, el debido proceso y el derecho de defensa por cuanto, no...
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