Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 13 de Julio de 2018, expediente FPO 005016/2018/1/CA001

Fecha de Resolución13 de Julio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación .

5016/2018/CA sadas, julio 13 de 2018.-

Y VISTOS:

1) Agréguense Dictamen Nº 20/18 del Ministerio Publico Fiscal, escrito de S. se Habilite Feria y Dictamen del Ministerio Pupilar.

2) Al pedido de habilitación de feria, cabe resaltar que la intervención de los jueces de feria tiende a asegurar únicamente el futuro ejercicio de un derecho, motivo por el cual, para que proceda la habilitación del feriado judicial deben concurrir los supuestos excepcionales contemplados en el art. 153 del CPCC y referirse a diligencias concretas y no a la sustanciación de la causa (cfr.

art. 153 CPCC y art. 4 RJN).

Que, encontrándose reunidas razones suficientes que permiten suponer que de no acceder a lo peticionado estaríamos frente a una efectiva privación de justicia, y teniendo en cuenta los parámetros fijados por la Convención de los Derechos del Niño, cuyo interés superior debe ser...

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