Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2, 21 de Marzo de 2017, expediente FRE 011003300/2009/1/CA001

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA 11003300/2009 Incidente Nº 1 - ACTOR: R.V. Y OTRO DEMANDADO: ESTADO NACIONAL GENDARMERIA NACIONAL s/INC APELACION sistencia , 21 de marzo de 2017.- MML Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INC. APELACION DE R.V.E.N.G.N.G.B.C.L. EN AUTOS: R.V.C. Y OTROS C/

GENARMERIA NACIONAL ARGENTINA S/MEDIDA CAUTELAR”, Expte. FRE 11003300/2009/1/CA1, proveniente del Juzgado Federal de Resistencia N1, en virtud del recurso de apelación deducido por la actora y, CONSIDERANDO:

  1. El Juez “a-quo”, a fs. 30/32 vta., hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por las Sras. V.C.R., C.L.G.B., F.C.R. y CELESTINA VELOZO, ordenando a Gendarmería Nacional abone a las mismas las sumas establecidas por los Decretos 2769/93, 1104/05, 1246/05, 1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09 como remunerativos y bonificables, con más sus adicionales transitorios que correspondan.

    Asimismo rechazó lo peticionado respecto de los Decretos 2000/91, 2115/91, 628/92, 1490/02, 1081/05, 1994/06, 1163/07, 1653/08 y 753/09 por los fundamentos expuestos en los considerandos de la resolución, la cual tendrá vigencia hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la acción principal, iniciada bajo el Número de Expte. 2950/06, todo previa caución juratoria que deberán presentar las accionantes, beneficiadas de la misma, por los eventuales daños que la medida pudiera ocasionar, en el caso de haber sido peticionada sin derecho.

  2. Contra tal decisión, la actora, a fs. 34 y vta., interpone recurso de reposición con apelación en subsidio en cuanto el “a-quo” rechaza el pago de los beneficios otorgados por los Decretos 2000/91 y sus continuaciones 2115/91, 628/92 y el cierre Decreto 1490/02, dando por sentado –a su entender- que se encuentran incorporados a las haberes de los reclamantes, lo cual no es correcto, porque la incorporación a los haberes debe ser en un 100% y no de un 40% y 60% como lo realiza la demandada.

    Agrega la recurrente que los Decretos 1994/06, 1653/08 y 753/09 son aumentos encubiertos otorgados al personal retirado, que si bien excluye a quienes tienen una Fecha de firma: 21/03/2017 Alta en sistema: 05/07/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA #16513762#174165278#20170322074801646 medida cautelar y sentencia judicial favorable son una trampa jurídica tendiente a burlar el espíritu de la ley y perjudicar económicamente a los reclamantes y deben ser acordados a todos los retirados sin importar que tengan alguna causa judicial a su favor.

    Por último aduce que el pago de las sumas como no remunerativas y no bonificables, o sea en negro, se encuentra superado por el tribunal que les dio el carácter de remunerativas y bonificables a los suplementos en un 100%, con más los adicionales transitorios que corresponden, encontrándose...

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