Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 12 de Diciembre de 2017, expediente CCF 003362/2014/1/CA001

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA 3362/2014 -

I- "C.G.J. C/ CONSULT Juzgado n° 2 RENT SRL MGN SALUD Y OTRO S/

Secretaría n° 4 AMPARO DE SALUD S/ INCIDENTE DE APELACIÓN"

Buenos Aires, 12 de diciembre de 2017.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto -en subsidio- por la demandada a fs. 109/112 contra la resolución de fs. 101/102, mantenida a fs. 113, cuyo traslado se encuentra contestado a fs. 118/120, y CONSIDERANDO:

  1. La resolución obrante a fs. 1/4 ordenó a la demandada otorgar la cobertura del 100% de la intervención quirúrgica de cadera prescripta a la actora, para ser llevada cabo en el Hospital Universidad Interamericana, con el cirujano Dr. T.N., con más la cobertura de traslados, honorarios profesionales y medicamentos, todo bajo las indicaciones dadas o que eventualmente diese el médico tratante.

    Posteriormente, la actora solicitó que se intimase a la demandada para que suministre los elementos allí indicados (entre los que se encontraba la prótesis importada marca Z., ver fs. 32/34), a lo que la accionada respondió, inicialmente, que sólo se encontraba obligada a proveer una prótesis nacional y, luego, que los pedidos de presupuesto efectuados por su parte no habían tenido resultado satisfactorio, por falta de disponibilidad en el mercado (ver fs. 37/44).

    En ese estado, el magistrado dispuso intimar a la demandada para que dé cumplimiento a la medida dictada, bajo apercibimiento de aplicar la suma de $ 2.000 por cada día de retardo, en concepto de astreintes (ver fs. 47).

    Ante ello, la accionada manifestó que ponía a disposición de la actora -en Ventas Human Ortopedias- la prótesis solicitada, dando así

    cumplimiento a lo ordenado (ver fs. 49). La actora respondió que en el lugar indicado no tienen la prótesis en venta y que, si la tuvieran, se le Fecha de firma: 12/12/2017 Alta en sistema: 14/12/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS-URIARTE, #28914163#194632157#20171212132104172 explicó que se debía presentar la orden respectiva, emitirse un presupuesto, mediar autorización, efectuarse el pago y, finalmente, proceder a la entrega de los materiales. Por último, indicó que fueron derivados a "Promedon Argentina" y que allí sí tenían la prótesis pedida, acompañando el respectivo presupuesto. Por ello, solicitó que se efectuara una nueva intimación y que se hicieran efectivas las astreintes fijadas (ver fs. 50/53).

    El señor J., teniendo en cuenta el extenso tiempo transcurrido desde el dictado...

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