Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 2 de Noviembre de 2017, expediente CIV 014699/2017/1

Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H Incidente Nº 1 - ACTOR: S., R.L.D.I., D.R. s/ART.

250 C.P.C - INCIDENTE FAMILIA Buenos Aires, de noviembre de 2017.- LF fs. 91 AUTOS, VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones fueron elevadas al Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por el demandado a fs.

49, contra el decisorio de fs. 1/2 por el que se dispuso aumentar en forma provisional la cuota alimentaria oportunamente convenida. El recurrente sostuvo su recurso con el memorial obrante a fs. 71/73. La Sra. Defensora de Cámara, dictaminó a fs. 86/87.

  1. Se agravia el recurrente de la decisión adoptada por la Magistrada de grado en tanto aumentó provisionalmente en la suma de Pesos Siete Mil ($7.000), el monto que el demandado se había comprometido a abonar en efectivo. Ello, con más las prestaciones en especie oportunamente asumidas, consistentes en el pago de la cuota de colegio al que asisten los niños, así como la cobertura médica prestada por Swiss Medical.

    Señala que la madre de los niños trabaja en dos colegios además de en el de sus hijos, que es diseñadora gráfica y que por ello no se encuentra acreditada la falta de medios referida en el pronunciamiento apelado. Agrega que las necesidades de sus hijos se encuentran cubiertas con el pago de las prestaciones en especie que ha asumido y con la suma de Pesos Tres Mil Doscientos ($3.200) que actualmente abona en dinero en efectivo. Destaca que de la factura acompañada al promover la acción, surge que la actora ha contrato el pack Premium de Cablevisión y que ello no constituye una necesidad imprescindible para sus hijos sino un gasto exorbitante. Invoca que desde la celebración del acuerdo, la cuota alimentaria se ha visto incrementada por el aumento de precios de cada uno de los rubros asumidos en especie y que también ha incrementado la suma en Fecha de firma: 02/11/2017 Alta en sistema: 21/11/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #30413897#192491150#20171101100448023 dinero que se acordó inicialmente en Pesos Dos Mil Cuatrocientos ($2.400) y hoy asciende a Pesos Tres Mil Doscientos ($3.200). Alega que entre las prestaciones que abona en especie (cuota de colegio, matrícula escolar, cuota de materiales, clases de natación, uniformes, útiles y pago del crédito hipotecario) más el dinero transferido mensualmente, la cuota alimentaria vigente asciende a la suma aproximada de Pesos Diecisiete Mil ($17.000), cuando su salario es de...

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