Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1, 15 de Noviembre de 2017, expediente FSM 083144/2017/1/CA001

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA CIVIL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 83144/2017/1/CA1, “Incidente Nº

1 - ACTOR: MARINACCIO, M.D.C. (EN REP. DE CAMPANELLA CONCEPCION Y OTRO DEMANDADO: INSSJP s/INC APELACION” – Juzgado Federal en lo civil, comercial y contencioso administrativo N° 2 de San Martin, Secretaria Nº 3- CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO M., de de 2017.

Y VISTOS: CONSIDERANDO:

  1. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución de Fs. 44/47, en la cual la Sra. juez “a-quo” hizo lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y ordenó

    al INSSJP mantener la cobertura integral de la internación de la Sra. C.C. en el “Centro de Internación y Rehabilitación Don Esteban (Alihuen SA)” y medicamentos, hasta tanto se dispusiera su externación o se dictara sentencia.

  2. Se agravió la demandada considerando que el carácter innovativo de la medida cautelar otorgada exigía mayores recaudos, en cuanto coincidía con la cuestión de fondo, produciéndose un anticipo de sentencia.

    Expresó que la presente acción de amparo resultaba abstracta, toda vez que la prestación brindada por su parte resultaba real, concreta y continua, ya que el Instituto no había negado, ni interrumpido la cobertura de internación y rehabilitación.

    Asimismo, se quejó entendiendo que el supuesto de mora en los pagos por los servicios ya brindados por Alihuen SA y/o la falta de actualización Fecha de firma: 15/11/2017 Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.A., SECRETARIO DE CÁMARA Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CÁMARA #30660722#193528431#20171114092355283 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I Causa N° FSM 83144/2017/1/CA1, “Incidente Nº

    1 - ACTOR: MARINACCIO, M.D.C. (EN REP. DE CAMPANELLA CONCEPCION Y OTRO DEMANDADO: INSSJP s/INC APELACION” – Juzgado Federal en lo civil, comercial y contencioso administrativo N° 2 de San Martin, Secretaria Nº 3- CFASM, SALA I, SEC. CIVIL N° I - INTERLOCUTORIO de los montos mensuales, no era una cuestión que debía ventilarse en el marco de un proceso de amparo.

    Finalmente, sostuvo que el derecho a la salud de la afiliada se encontraba debidamente garantizado y agregó que era peligroso el proceso de judicialización de la salud.

    Por último, citó jurisprudencia e hizo reserva del caso federal.

    A Fs.67/70 contestó los agravios la parte actora.

  3. Es principio general que la finalidad del proceso cautelar, consiste en asegurar la eficacia práctica de la sentencia que debe recaer en una causa; y la fundabilidad de la pretensión que configura su objeto, no depende de un conocimiento exhaustivo y profundo de la materia controvertida en el juicio principal, sino de un análisis de mera probabilidad acerca de la existencia del derecho discutido. De tal manera que el magistrado se pronuncie sin tener que efectuar un análisis pormenorizado de todas y cada una de las circunstancias...

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