Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 12 de Octubre de 2017, expediente CAF 071906/2016/1/CA001

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa nº 71906/2016/1/CA1 inc apelación en autos “B., M. delC. y otros c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ proceso de conocimiento”.

Buenos Aires, 12 de octubre de 2017.

VISTO:

El recurso de apelación deducido a fs. 43 contra la resolución de fs.

41 y vta, que rechazó la medida cautelar; y CONSIDERANDO 1º) Que la demanda fue promovida por distintos asambleistas y matriculados del Colegio Público de Abogados de Capital Federal, con el objeto de lograr la declaración de nulidad de la asamblea de delegados del referido colegio profesional, celebrada el 7 de julio de 2016.

Asimismo, pidieron la radicación del pleito ante el Juzgado nº 4 y esta S., en virtud de la prevención en la causa 47247/2016 “B., M. delC. y otros c/ Colegio Público de Abogados de Capital Federal s/ medida cautelar autónoma” (fs. 3/14).

Posteriormente, los coactores destacaron que la medida cautelar dispuesta por esta alzada en el marco de la referida causa conexa se encuentra virtualmente suspendida por la concesión del recurso extraordinario federal, razón por la que —según informaron— la parte demandada habría implementado los aumentos de matrícula anual y bono de derecho fijo. Sobre dicha base, solicitaron —en este pleito— una nueva medida precautoria a fin de que se ordene a la demandada: (i)

publicar que las sumas que percibe en concepto de matrícula y de bono de derecho fijo se encuentran impugnadas en estos autos, en letreros visibles en las cajas recaudadoras, en la página principal del sitio oficial de la demandada, en los bonos de derecho fijo, en los comprobantes de pago de la matrícula y de bonos, en todas las comunicaciones e intimaciones de pago por tales conceptos, en todos los correos electrónicos que la demandada envíe a sus matriculados vinculado con tales importes; consignando la causa que le dio origen y los datos del juzgado donde tramita; y (ii) previsionar contablemente todos los ingresos que haya recibido a partir de que hizo efectivo el cobro del aumento de la matrícula y del bono, y que reciba en el futuro, para una Fecha de firma: 12/10/2017 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA 1 #29924104#190731294#20171010172314150 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa nº 71906/2016/1/CA1 inc apelación en autos “B., M. delC. y otros c/ Colegio Público...

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