Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 17 de Agosto de 2017, expediente CCF 002481/2017/1/CA001

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa CCF 2481/2017/1/CA1 – Orden n° 13.736 Incidente Nº 1: CANO, J.C. c/ INSTITUTO NAC. DE SER

  1. SOC. PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/

    PRESTACIONES QUIRÚRGICAS - INC. APELACIÓN Juz.Fed.San M. 1 - Sec. 1 S.M., 17 de agosto de 2017.-

    VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Llegan estos autos a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la resolución de fs. 61/63, que hace lugar a la medida cautelar y ordena al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados “que provea de manera inmediata y gratuita al Sr. J.C.C. […] la prótesis para reemplazo de cadera no cementada y demás precisiones conforme a la indicación del especialista que lo asiste”. El accionante contestó el traslado en forma extemporánea [cfr. fs. 77/81vta., 90/90vta., 2), 98, 2); art. 15 ley 16.986].

  3. Liminarmente, se debe puntualizar que las medidas cautelares exigen a los jueces un examen según el estándar de la certeza suficiente o en rango de seria verosimilitud. Además, no importa una decisión definitiva sobre la pretensión concreta del demandante y lleva ínsita 1 Fecha de firma: 17/08/2017 Alta en sistema: 22/08/2017 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #30167138#185362572#20170817110549675 una evaluación del peligro de permanencia en la situación actual a fin de habilitar una resolución que concilie según el grado de razonable probabilidad, los intereses del reclamante y la garantía defensiva del demandado [doct. Fallos, 306:2060; 320:1633, entre otros].

    Sobre esas bases, a primera vista, del legajo surgen acreditados los siguientes hechos esenciales y decisivos para este miniproceso, a saber:

    En primer lugar, está indiscutido que el sr. J.C.C., de 62 años, es afiliado del INSSJP bajo el beneficio n. 150743256200 00 [cfr.

    fs. 3, 38, 77/81vta.].

    En segundo lugar, el 11 de marzo de 2016, el Dr. P.C. [médico especialista en ortopedia y traumatología, MN 150869 - MP 334473, del “Sanatorio Nuestra Señora del P.”

    preasignado al beneficiario por la demandada; cfr.

    fs. 3, 38], solicita para este paciente “prótesis para reemplazo total de cadera no cementada con recubrimiento de hidroxiapatita - metal -

    polietileno cabeza 32 mm” [cfr. fs. 7, 37].

    En tercer lugar, el 30 de marzo de 2016, desde el antedicho prestador se emite la solicitud de insumos [“prótesis total de cadera de revisión 2 Fecha de firma: 17/08/2017 Alta en sistema: 22/08/2017 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #30167138#185362572#20170817110549675 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa CCF 2481/2017/1/CA1 – Orden n° 13.736 Incidente Nº 1: CANO, J.C. c/ INSTITUTO NAC. DE SER

  4. SOC. PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/

    PRESTACIONES QUIRÚRGICAS - INC. APELACIÓN Juz.Fed.San M. 1 - Sec. 1 no cementada articulación metal/metal o cerámica/cerámica. Con descartables”], pertenecientes al “grupo único - traumatología importada”, pedido que consta “rechazado parcialmente por INSSJP” el 31 de marzo de 2016, con las observaciones: “cargar radiografías simples de frente y perfil de ambas caderas” y “para las revisiones es necesario remitir laboratorio actualizado […] y alta infectológica firmada por especialista” [cfr. solicitud n°

    506152, fs. 14/15].

    En cuarto lugar, el informe radiográfico de 13 de abril de 2016 [de “ambas caderas frente y perfil”], muestra “signos de coxartrosis bilateral a predominio derecho con disminución de los espacios articulares” [cfr. fs. 34].

    En quinto lugar, con los análisis clínicos de 25 de abril de 2016 [protocolo n° 195777], el Dr. J.C. [especialista en infectología, MP 450685], el 28 de abril de 2016, emite el “alta”

    para este paciente “con diagnóstico de coxartrosis 3 Fecha de firma: 17/08/2017 Alta en sistema: 22/08/2017 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA...

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