Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 25 de Abril de 2017, expediente CIV 017537/2016/1/CA001

Fecha de Resolución25 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 17537/2016. Incidente Nº 1 - ACTOR: C., M.B. DEMANDADO: R., L. A. s/ ART. 250 C.P.C - INCIDENTE FAMILIA Buenos Aires, 25 de abril de 2017.- NR fs. 55 AUTOS Y VISTOS; y CONSIDERANDO:

  1. Las presentes actuaciones fueron elevadas al Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto a fs.27, concedida a fs. 28 contra la resolución de fs. 23/24 que fijó la suma de $ 25.000 en concepto de alimentos provisorios que el demandado deberá pagar a favor de su ex cónyuge.-

    A fs. 34/38 luce el memorial presentado por el requerido, cuyo traslado fue contestado a fs. 40/43.

  2. Por los motivos que expone en su presentación ante esta Alzada, pretende el recurrente que se revoque el decisorio de grado por considerar que no se encuentran cumplidos los requisitos para la procedencia de la pretensión deducida por la actora.- Peticiona, en su caso, que se reduzca la cuota alimentaria provisoria al 30% de los ingresos brutos del requerido hasta tanto se dicte sentencia definitiva única en los cinco expedientes conexos que tramitan entre las partes.-

  3. La presente demanda fue promovida a fin de que se condene al demandado a abonar una cuota alimentaria, que provisoriamente se estimó en la suma de $ 50.100.-

    No se encuentra controvertido en autos que los cónyuges se encuentran separados de hecho habiéndose dictado sentencia de divorcio con fecha 27/10/2015 (fs.49 del expte.32.792/15 que se tiene a la vista), la que se encuentra firme.-

    Asimismo las partes no han logrado conciliar sus posturas en torno a las propuestas reguladoras formuladas en los términos del art.

    438 del CCCN.-

    Por otra parte, se encuentran pendientes de resolución los procesos promovidos por “fijación de compensación” (17.542/16), Fecha de firma: 25/04/2017 Alta en sistema: 28/04/2017 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #29162729#176872388#20170421115546140 fijación de renta –compensación por uso de la vivienda– (expte.

    17.546/15) y el proceso principal sobre alimentos (17.537/16).-

    A los fines de analizar la pretensión a tenor de las quejas del recurrente, cabe recordar en primer término que según lo expresa R., los efectos del matrimonio, como de toda situación cuyo régimen está definido enteramente por la ley, pueden ser modificados constantemente por las leyes nuevas en virtud de la aplicación inmediata de la ley.- Así ocurre con los derechos personales entre esposos, como la cohabitación, la fidelidad, la asistencia...

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