Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 11 de Abril de 2017, expediente CIV 073170/2016/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G Incidente Nº 1 - ACTOR: I., A.R.D.S., L. H. s/ART.

250 C.P.C. - INCIDENTE CIVIL J. 88 SALA G Expte. n° 73170/2016/1/CA1 Buenos Aires, de abril de 2017.- ML AUTOS Y VISTOS:

De acuerdo con la resolución de fs. 28 las presentes actuaciones fueron remitidas por la Sala “H” para su tramitación, en razón de haber intervenido este colegiado en los autos caratulados “S.C.A. c/I.A.R. s/ desalojo:

comodato” (Expte. N° 79590/10).

El principio de prevención relativo a la radicación de expedientes en ambas instancias que, por razones de conexidad relevante y aún por aplicación del principio de la “perpetuatio iuridictionis” permite postergar las reglas atinentes a la competencia en razón del turno, determina -entre otros supuestos- que la misma sala que hubiera prevenido es a la que corresponde conocer en todas las causas conexas e íntimamente vinculadas (art. 35 R.J.N.C.).

Sin embargo, no se advierte que se configure en el caso un supuesto de conexidad sustancial o relevante que imponga la necesidad de que sea el mismo colegiado quien entienda en el presente, dado que se trata de un reclamo de alimentos en el que se solicita como medida cautelar la suspensión del lanzamiento ordenado en el desalojo promovido por los abuelos y que ni siquiera tramitan ante el mismo juzgado en razón de la diferente naturaleza de las pretensiones.

Por ello, en tanto se trata de un incidente de familia en el que los elementos que puedan aportar los autos sobre desalojo no son determinantes para arribar al resultado oportuno ni resultan vinculantes para el tribunal interviniente, no se observa la Fecha de firma: 11/04/2017 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.C.C., JUEZ DE CAMARA #29125733#175947617#20170411075911150 conveniencia de que deban concentrarse ante una misma sala...

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