Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 17 de Marzo de 2017, expediente CIV 107885/2006/1

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2017
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 107885/2006.- Incidente Nº 1 – P.M.L. c/L.C.F. s/AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA Buenos Aires, de marzo de 2017.-

AUTOS Y VISTOS:

  1. Por recibidos.-

  2. Ya la sala ha decidido que la ley 5134 no es de aplicación por cuanto expresamente incluye una cláusula que indica que “será aplicable en los fueros que integran el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

    En atención al monto del proceso que surge de la diferencia entre la cuota alimentaria anterior y la que se confirman en la resolución precedente; a la calidad, extensión y mérito de la labor profesional desarrollada, resultado obtenido, etapas cumplidas y lo que disponen los arts. 6, 7, 11, 14, 25, 37, 41 y conc. de la ley 21.839 y la ley 24.432 se reduce el honorario fijado en favor de los letrados patrocinantes de la actora, a la suma de SEIS MIL PESOS ($ 6.000).

  3. Regístrese, notifíquese. Una vez cumplido con lo dispuesto en la Ac. 24/13 de la C.S.J.N., devuélvase. La vocalía N° 20 se halla vacante (art. 109 R.J.N.).

    C.A.B.C.A.C.C.F. de firma: 17/03/2017 Firmado por...

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