Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 18 de Noviembre de 2016, expediente CIV 079021/2009/1

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala H

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 79021/2009. Incidente Nº 1 - ACTOR/ES: O. R. E.

DEMANDADO/S: R., D. N s/ INCIDENTE FAMILIA Buenos Aires, de noviembre de 2016.- CC fs. 212 AUTOS Y VISTOS; y CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a la Alzada para resolver el recurso de apelación interpuesto por el actor a fs. 173 contra lo resuelto a fs.

168/72. El memorial obra agregado a fs. 175/82 y fue contestado a fs.

189.

Se agravia el recurrente de la decisión del magistrado de grado que desestimó la acción.

De las constancias de la causa surge que el presente proceso tuvo como objeto la restitución del inmueble sito en la calle Chile …, Depto … de esta Ciudad y fijación de una renta mensual por el uso del mismo desde el año 2010. En la demanda refirió que con motivo del divorcio de su ex esposa, aquí demandada, destinó el inmueble sede del hogar conyugal, de carácter propio y en condominio con sus padres, a la vivienda de sus hijos. Ante la existencia de personas ajenas al núcleo familiar, el notable deterioro de la propiedad y el perjuicio económico ocasionado, solicita la devolución de dicha propiedad (ver fs. 28/32).

La demandada, por su parte, en ocasión de contestar el traslado pertinente, niega los hechos invocados por la actora en su libelo inaugural. En especial aduce, que la vivienda ha sido objeto de constante mantenimiento acompañando la prueba pertinente a los efectos de acreditar dicho extremo. Asimismo refiere que el inmueble, cuya restitución se invoca, ha sido objeto de acuerdo en el marco del proceso de divorcio donde se dispuso del mismo como vivienda de sus hijos menores (ver fs. 119/124).

Sentado lo expuesto y analizando las constancias de la causa, como así también de los expedientes conexos, es de destacar Fecha de firma: 18/11/2016 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #16373859#167067607#20161117104415730 que las partes, con fecha 15 de septiembre del año 2009, convinieron que “El Sr. O… se compromete para con la Sra. R. y esta acepta de conformidad, que una vez obtenido y debidamente inscripto el divorcio vincular de ambos, a poner a la venta el inmueble, sito en……., del cual es titular del 50 % del mismo, que fuera asiento del hogar conyugal y que en la actualidad habitan la Sra. R. y sus hijos menores J. y J., previo consentimiento de sus condóminos”.

Asimismo en la cláusula tercera se convino que el Sr. O. se compromete a “adquirir...

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