Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 14 de Diciembre de 2015, expediente FCB 074006591/2006/1/CA001

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2015
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 74006591/2006 AUTOS : Incidente Nº 1 - ACTOR: TOLEDO, M.E. DEMANDADO: ANSES s/INC DE MEDIDA CAUTELAR doba, 14 de diciembre de 2015.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INC. DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS : TOLEDO, MARTA ELENA C/ ANSES S/ DEPENDIENTES: OTRAS PRESTACIONES” (Expte. N° 74006591/2006), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario de apelación interpuesto por la parte actora en contra de la sentencia de fecha 17 de junio de 2015 dictada por este Tribunal.

Y CONSIDERANDO:

  1. La accionante al fundar su recurso invoca arbitrariedad de la sentencia.

  2. Que analizados los requisitos para la procedencia formal del recurso extraordinario, se advierte que los mismos no se encuentran cumplidos, toda vez que la resolución dictada por este Tribunal y objeto del presente recurso no se halla comprendida en la categoría de “sentencia definitiva”. En efecto, se está ante una sentencia que ordena el levantamiento de una medida cautelar innovativa oportunamente dispuesta por el Juez de grado, la cual no es asimilable a la categoría de definitiva prevista en el art.

    14 de la ley 48. De igual modo la recurrente no ha demostrado en forma eficaz que lo resuelto por esta S., le cause un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior, por lo que en este aspecto el recurso extraordinario debe ser desechado.

    Asimismo, cabe agregar que en la especie no existe un caso de arbitrariedad que justifique la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia que, según el art. 14 de la ley 48, son ajenas a su competencia extraordinaria (Fallos 315-2:1350). Ello así, por cuanto las protestas de la quejosa sólo evidencian la discrepancia respecto de cuestiones procesales y con la decisión final adoptada, que como lo sostuviera en numerosas causas la Corte Suprema, es el resorte exclusivo de los jueces de...

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