Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 31 de Julio de 2015, expediente FCB 033010714/1998/1/CA001

Fecha de Resolución31 de Julio de 2015
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B AUTOS : Incidente Nº 1 - ACTOR: ARCE, J.E. DEMANDADO:

ANSES s/INC APELACION doba, 31 de julio del año dos mil quince.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INC. APELACIÓN EN AUTOS: A.J.E. C/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS” (Expte. Nº 33010714/1998/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación susidiario articulado por la parte demandada en contra del proveído de fecha 15 de junio de 2012, dictado por el entonces señor Juez Subrogante del Juzgado Federal Nº 3, obrante a fs. 181/vta., en el que ordenó trabar embargo sobre las cuentas abiertas a nombre de la A.N.SE.S. en la Casa Central del Banco de la Nación Argentina por la suma de $ 21.625,10 discriminado así: $

18.020,92 en concepto de diferencias e intereses al 30/6/07 y $ 3.604,18 por intereses provisorios.

Y CONSIDERANDO:

  1. La recurrente expresa agravios en su escrito de 188/190. Sostiene que el Juzgador tomó su decisión apartándose de la legislación vigente en materia de inembargabilidad de los fondos de la Administración Pública, al declarar la inaplicabilidad de todas las normas que impiden embargos contra el Estado Nacional y de la A.N.SE.S.

    La parte actora contesta traslado a fs. 242/vta., quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. De los agravios reseñados, surge que la cuestión a resolver se circunscribe a determinar si resulta procedente o no el embargo dispuesto por el magistrado actuante sobre las cuentas de titularidad de la ANSES en el B.N.A. por la suma de $

    21.625,10.

    A tales fines resulta oportuno efectuar una breve reseña de lo acontecido en la causa, en lo que aquí importa. Así el señor J.E.A. con fecha 2 de noviembre de 2.007 inició ejecución de la sentencia que acogió favorablemente el recálculo de su haber previsional (fs. 145/vta.). Mediante sentencia de fecha 7 de diciembre de 2.010 (fs. 172/173vta.) se mandó a llevar adelante la ejecución en contra de la A.N.SE.S. por la suma de $ 18.020,92 en concepto de diferencias retroactivas por capital e intereses.

    Habiendo incumplido la accionada con la manda judicial, la parte actora solicitó embargo Fecha de firma: 31/07/2015 Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., juez de cámara Firmado por: M.H.V. (fs. 180). El Juzgador mediante la providencia de fecha 15 de junio de 2.012 (fs. 181)

    ordenó la traba del embargo motivo de apelación.

    Los...

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