Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 15 de Abril de 2015, expediente FSA 015000245/2007/1/CA001

Fecha de Resolución15 de Abril de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “TEMER, A.A. c/ ANSES s/

INCIDENTE” Expte. Nº. 15000245/2007/1 Juzgado Federal de Salta Nº 1 TA, de abril de 2015.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Resolución de primera instancia: que el a quo rechazó la excepción de inhabilidad de título opuesta por la ANSES a fs. 40/43 y el pedido de levantamiento del embargo; y ordenó

    llevar adelante la ejecución de las astreintes, con costas a la demandada (fs. 54/57).

  2. Agravios y su contestación: La demandada sostiene que ha realizado todas las gestiones conducentes a efectos de cumplir lo solicitado en autos y que a través de la resolución apelada se otorga a la actora una suma desproporcionada con relación al monto del reclamo. Se agravia también por la denegación del pedido de levantamiento de embargo preventivo, ya que le otorga carácter alimentario a la sanción conminatoria y no exige la respectiva contracautela (fs. 79/83).

    Corrido el traslado de ley, la actora solicita el rechazo de la apelación deducida por la contraria, con costas (fs. 90/92).

  3. Decisión del Tribunal:

    1. Antecedentes: De las constancias del expediente principal, que se tiene a la vista, surge que con fecha 04/06/2008 se llamó autos para sentencia (fs. 54) y que, luego de seis meses, se dejó sin efecto dicho llamamiento, intimándose a la demandada Fecha de firma: 15/04/2015 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.C.O.P.J. de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta para que en el plazo de cinco días acompañara las actuaciones administrativas correspondientes al beneficio del actor, por considerarlas necesarias para el dictado de la sentencia (fs. 55).

      Ante el incumplimiento de la Anses, se hizo efectivo el apercibimiento oportunamente previsto, imponiéndose las astreintes que fueron fijadas en la suma de $ 50 diarios (fs. 62).

      Con fecha 26/10/2009 la actora ejecuta dichas astreintes y solicita la traba de un embargo sobre los fondos que la demandada posee en el Banco de la Nación Argentina (fs. 67).

      Por su parte, oportunamente y ante la reticencia de la demandada en el cumplimiento de la manda judicial se dispuso remitir las actuaciones a la fiscalía penal por desobediencia judicial (fs. 75).

      En dicha oportunidad, la demandada manifestó que a pesar de haber realizado una búsqueda exhaustiva no fue posible localizar las actuaciones administrativas solicitadas y, de no ser encontradas luego de una nueva búsqueda...

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