Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL, 22 de Octubre de 2014, expediente FMP 041053350/2013/1/CA001

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta “CONDORI, R. c/

Anses- UDAI Jujuy-

s/reajuste de haberes”, expte. Nº

FSA6783/2013/CA1 (Juzgado Federal de Jujuy Nº 1).

ta, 4 de noviembre de 2014.

AUTOS Y VISTO:

El recurso de apelación en subsidio interpuesto y fundado a fs. 54/58, CONSIDERANDO:

  1. Resolución de primera instancia: Que el juez de primera instancia desestimó la excepción de defecto legal y el planteo de extemporaneidad de la acción opuesta por la demandada (fs. 49).

  2. Agravios de la ANSeS y su contestación: En relación a la desestimación de la excepción de defecto legal la recurrente señala que la acción en si resulta a todas luces hibrida y sin posibilidad de ser subsanada en sus defectos, toda vez que al decidir la continuación del proceso coloca en total indefensión a su parte (art. 330 del CPCCN). Entiende que el derecho y la jurisprudencia invocadas no resultan de aplicación en el sub lite por cuanto se refieren a beneficios otorgados por leyes diferentes a la ley 24.241, por la cual se le otorgó el beneficio de jubilación.

Fecha de firma: 04/11/2014 Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.V.C.O.P.J. de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta Cita jurisprudencia relacionada. En lo atiente a la defensa de caducidad alega que la actora ha solicitado el recalculo del haber inicial fuera del plazo previsto por el art. 25 inc. a) de la ley 19.549 al que remite el art. 15 de la ley 24.463. Señala que el cumplimiento de dicho plazo de caducidad, reviste la condición de presupuesto procesal y que el juez omitió examinar...

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