Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 22 de Octubre de 2008, expediente 58.503

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2008

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INCIDENTE DE APELACIÓN EN LA CAUSA "MARTÍNEZ GRACIELA

INÉS SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769"

Causa N° 58.503, F.N.° 138, N° de Orden 25.775, Juzgado en lo Penal Tributario N° 3, S. "A".

mlb x gl Illnos Aires, II de octubre de 2008.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por G.I.M. contra la resolución que la procesó por una defraudación tributaria.

Lo informado por escrito por el abogado defensor de la nombrada en sustento del recurso.

Y CONSIDERANDO:

Que lo resuelto se funda en que la imputada habría omitido presentar declaración jurada de las ganancias de su comercio en el año 2000.

Que la ley tributaria autoriza a la Administración Federal de Ingresos Públicos a determinar de oficio, mediante simple estimación, el monto de los tributos respecto a las ganancias no declaradas (conf. artículo 16 de la ley 11.683, t.o. 1988).

Que, como consecuencia de esa determinación, el organismo fiscal está en condiciones de gestionar el cobro de las obligaciones adeudadas.

Que la simple omisión de los deberes establecidos en la legislación tributaría no encuadra en el artículo 1° de la ley 24.769, el que se refiere a la evasión del pago de tributos lograda mediante ardides o engaños.

Que, en esas condiciones, lo resuelto no se encuentra ajustado a derecho.

Por lo que SE

RESUELVE:

REVOCAR la resolución apelada. Sin costas.

R., notifiquese, remítanse los...

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