Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 16 de Junio de 2017, expediente FMZ 018832/2017/1/CA002
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A FMZ 18832/2017/1/CA2 Mendoza, 16 de junio de 2017.
Y VISTOS:
Los presentes autos Nº FMZ 18832/2017/1/CA2,
caratulados: “Incidente de Excarcelación en As. Reyes, G.
por Infracción Ley 22.415 …”, venidos del Juzgado Federal de San Juan Nº
2 a esta Sala “A”, en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 15/16,
en contra de la resolución de fs. 9/12 y vta., en cuanto no hace lugar al
beneficio excarcelatorio impetrado por la defensa del imputado Gonzalo
Gabriel Reyes; Y CONSIDERANDO:
I. Que contra el interlocutorio obrante a fs. 9/12, por
el cual no se hace lugar al beneficio excarcelatorio oportunamente formulado a
favor de G. G. R., el Defensor Público Coadyuvante, Dr.
Santiago Bahamondes interpone recurso de apelación a fs. 15/16, solicitando
se revoque la resolución en crisis.
Que elevado el expediente a la Alzada, presenta a fs.
26/27 informe por escrito la Defensa del imputado en el que solicita se
revoque la resolución cuestionada y se haga lugar al beneficio excarcelatorio
solicitado.
Que a fs. 24/25, el Sr. Fiscal General ante esta Cámara,
Dr. D., presenta informe por escrito, oportunidad en la que expresa
su postura, entendiendo que el encierro preventivo no se presenta como una
medida absolutamente indispensable para conseguir el fin deseado, pudiendo
adoptarse otra solución menos gravosa.
II. Que analizados los argumentos esgrimidos tanto
por el Sr. Defensor como por el Sr. Fiscal General, este Tribunal entiende que
corresponde hacer lugar al recurso de apelación incoado, en virtud de los
argumentos de hecho y derecho que a continuación quedarán explicitados.
Que en los autos principales se atribuye a Gonzalo
Gabriel Reyes la infracción prevista y reprimida en los arts. 864 y 865 de la
ley 22.415 y art. 239 del Código Penal.
Fecha de firma: 16/06/2017 Alta en sistema: 19/06/2017 Firmado por: DRES. J.A.G.M.Y.C.A.P.. CON LICENCIA DE DR. H.F.C. Firmado(ante mi) por: R.H.M., Secretario de Cámara #29789647#181707755#20170616132428243 Que efectuado un análisis de los aspectos objetivos y
subjetivos que surgen del expediente, este Cuerpo considera que resulta
procedente la excarcelación solicitada a favor del imputado Gonzalo Gabriel
Reyes.
Respecto del elemento objetivo, no puede dejar de
tenerse en cuenta que la conducta desplegada por el imputado –en virtud de la
etapa procesal por la que transita la causa y la prueba incorporada en autos no
conlleva un peligro de tal...
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