Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala E, 7 de Noviembre de 2014, expediente COM 069949/2003

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala E

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E 69949 / 2003 CUCCO RICARDO NORBERTO s/OTROS - QUIEBRA S/

INC. DE VENTA J.. 19 S.. 37 13-15-14 Buenos Aires, 07 de noviembre de 2014.

Y VISTOS:

  1. El comprador en subasta de los derechos hereditarios pertenecientes al fallido sobre el 50 % de los inmuebles ubicados en Villa Visir, Partido de Cañuelas, Provincia de Buenos Aires, apeló la resolución de fs.

    2467/74 mediante la cual se dispuso que no correspondía proveer ninguna medida vinculada al desplazamiento de los ocupantes allí establecidos y en consecuencia la revocación de las órdenes que fueron dictadas con esa orientación.

    Fundó el recurso con la pieza de fs.

    2481/3, respondida por la sindicatura en fs. 2485.

    La señora Representante del Ministerio Público ante esta Cámara se remitió a lo dicho en su dictamen de fs. 2401.

  2. El día 26.6.09 se produjo la subasta de los derechos hereditarios correspondientes al 50 % de los bienes señalados, habiendo resultado el mejor postor el aquí apelante. Posteriormente, con fecha 13.8.09, el interesado integró el saldo de precio, declarándolo la por entonces juez de grado adjudicatario definitivo de los mismos (v. fs. 1711/2 y 1790).

    La entrega de la posesión de los inmuebles fue ordenada en dicho momento y la primera intimación a los ocupantes para que desalojen el predio bajo apercibimiento de lanzamiento fue dictada el 4.9.09 (v. fs. 1826).

    Fecha de firma: 07/11/2014 Firmado por: M.F.B., JUEZ DE CÁMARA Expte. N° 69949 /

    Firmado por: ÁNGEL O. SALA, JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: F.J.T., SECRETARIO DE CÁMARA 2003 1 De aquel entonces han pasado ya más de 5 años.

    Ahora bien, el estado de ocupación informado de los bienes no implica per se imposibilidad de ordenarse su desalojo posterior (cfr. Cpr. 589).

    Y en el caso, no se observa ninguna circunstancia excepcional que requiera que esta cuestión deba ser sometida a otra clase de proceso ni tampoco a una diferente jurisdicción.

    En efecto, el día 17.2.09, con anterioridad a la subasta, se dictó una resolución en los autos "C.N.R. s/ quiebra s/ incidente de venta s/

    incidente de exclusión de subasta", mediante la cual se rechazó el pedido formulado para que se excluyan de la subasta a los inmuebles que ahora se intentan desalojar con fundamento justamente en que los boletos de compraventa que en esta oportunidad vuelven a invocar los presentantes de fs. 2284/8 carecían de validez para resultar oponibles a la presente...

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