Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 11 de Noviembre de 2019, expediente CIV 030852/2018/CA001

Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala G

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G 30852/2018 INC SA c/ D. M., D. Y OTRO s/DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO Buenos Aires, de noviembre de 2019.- TC (fs.124)

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vienen las presentes actuaciones a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación subsidiariamente interpuesto por el demandado a fs.117 contra la resolución de fs.109 mediante la cual el juez de grado ordenó el desglose del escrito de fs.106/08 donde contestaba demanda, por haber sido presentado extemporáneamente.

    En el escrito que fundó el recurso, el apelante refirió que el a quo incurrió en un error material al contar el plazo de contestación ya que la demanda fue notificada con fecha 19/07/2019.

    Por su parte, el magistrado de grado en su resolutorio de fs.118 indicó que es incorrecta la apreciación realizada por el demandado al tomar como punto de partida la fecha de notificación de la cédula librada a subinquilinos y ocupantes de fs. 110/112, correspondiendo tomar la fecha de la diligencia de fs.100 direccionada a su nombre y que fue notificada bajo responsabilidad de la parte actora el 25/04/2019.

  2. El demandado se presentó en autos luego de la diligencia mediante la cual se emplazó a eventuales subinquilinos y ocupantes, llevada adelante el 19 de julio pasado. De ahí que insista y se queje de que su escrito de contestación de demanda haya sido tempestivo, pues lo presentó el 23 de agosto, es decir, dentro de los quince días conferidos al efecto (cfr. fs. 108).

    Sin embargo, nada dijo en la primera oportunidad sobre la notificación realizada en el mes de abril en Av. Corrientes 571, PB, CABA (fs. 100), que según indicó la actora a fs. 95, se corresponde Fecha de firma: 11/11/2019 Alta en sistema: 12/11/2019 Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA #31934557#248895424#20191108160121844 con el domicilio que denunció como real en la mediación que...

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