Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 9 de Febrero de 2022, expediente CIV 059960/2021/CA001

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

59960/2021

INC S.A. c/ ATAMIRANO, NANCY BEATRIZ s/EJECUCION

Buenos Aires, 09 de febrero de 2022.- FE

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Fueron remitidas las actuaciones a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto el 3 de noviembre de 2021 contra la resolución del 15 de octubre del pasado año, mediante la cual el Sr.

    juez de grado, compartiendo los argumentos vertidos por la Sra.

    F., se declaró incompetente para intervenir en este proceso y dispuso su remisión a la Justicia Comercial para el sorteo del magistrado que deberá entender en el caso.

    El memorial fue presentado el día 11 de noviembre de 2021 y el Sr. F. de Cámara dictaminó el 30 de diciembre de 2021.

  2. En la especie, se presenta INC S.A. a fin de demandar la ejecución de alquileres (incluyendo obligaciones accesorias y complementarias) contra N.B.A. en relación al local comercial identificado con el Nº 22 (“stand”) del Centro Comercial Carrefour ubicado en la intersección de las Rutas 202 y 8

    del Partido bonaerense de Malvinas Argentinas.

    Invoca el contrato de locación suscripto el 12 de marzo de 2019

    por el plazo de 3 meses, por un canon mensual de $40.000 más IVA y con exclusión del importe de los “gastos comunes” (expensas) del Centro Comercial y la contribución establecida para el “Fondo de Publicidad”.

  3. Con arreglo a lo dispuesto por los arts. 4 y 5 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para la determinación de la competencia corresponde - en principio- tomar en cuenta la exposición de los hechos que la actora hiciere en la demanda y el derecho invocado como fundamento de su acción, así como la Fecha de firma: 09/02/2022

    Firmado por: L.E.A.D.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

    naturaleza de las pretensiones deducidas en aquéllas (CSJN, Fallos 307:871, entre otros).

    En principio, corresponde entender a la Justicia Nacional en lo Civil en las acciones derivadas de un contrato de locación, con independencia de la calidad de las partes o del destino comercial que se hubiere dado al bien alquilado.

    Sin embargo, en el presente caso la relación jurídica que vincula a las partes no es un contrato de locación típico, puesto que impone a los contratantes una serie de deberes que exceden la relación locativa,

    sino que se trata de un negocio complejo relativo al uso y goce del local comercial.

    Se ha sostenido, que corresponde la...

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