Sentencia de CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 5, 24 de Septiembre de 2021, expediente CCC 030832/2020/CA001

Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2021
EmisorCAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 5

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA 5

CCC 30832/2020/CA1

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2021.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. El 20 de septiembre pasado, el magistrado de grado ordenó la captura nacional e internacional de G.A.V.R..

    Contra dicho pronunciamiento, su defensa técnica interpuso el recurso de apelación que motiva la presente intervención.

  2. Al analizar la admisibilidad del remedio procesal interpuesto, se advierte que fue erróneamente concedido por el juez.

    Ello así, por cuanto la herramienta recursiva presentada no constituye la vía idónea para cuestionar decisiones como la del presente caso (orden de captura nacional e internacional), pues no son resoluciones previstas en el ordenamiento procesal como recurribles, ni ocasionan un agravio irreparable (causa nro. 66631/17, “Q., rta. el 10/7/18 y causa nro.

    12445/21, “M.C., rta. el 13/9/21).

    Sin embargo, la procedencia de esta medida sí es revisable por la vía de los institutos que regula el Libro II, Título IV, Capítulo VII, del Código Procesal Penal de la Nación. Es decir, resulta neutralizable mediante otro cauce procesal, el instituto de la exención de prisión.

    En consecuencia, el Tribunal

    RESUELVE:

    DECLARAR MAL CONCEDIDO el recurso de apelación interpuesto por la defensa de G.A.V.R. contra el auto de fecha 20 de septiembre del corriente.

    Se deja constancia de que el Dr. R.P.A. no suscribe la presente en función de lo previsto por el art. 24 bis, in fine, del Código Procesal Penal de la Nación.

    N. a las partes, comuníquese por DEO al juzgado de origen y devuélvase mediante pase en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR