Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 19 de Junio de 2019, expediente FTU 035395/2017/CA001

Fecha de Resolución19 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

35395/2017 IMPUTADO: TOLEDO , A. s/A DETERMINAR DENUNCIANTE: HERRERA AGUERO, M. DEL MILAGRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2019.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación interpuesto en contra de le resolución de fecha 06 de noviembre de 2018; y CONSIDERANDO:

1) Que vienen los presentes autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido en contra de la sentencia de fecha 06 de noviembre de 2018 (fs.165/169) por la que se resuelve “SOBRESEER a DOMINGO A.T., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por los hechos que fuera denunciado, conforme a lo normado por artículo 336 inc. 2º del CPPN, con la declaración que la formación del presente sumario no afecte el buen nombre y el honor de que hubiere gozado (art. 336 in fine C.P.P.N.); en merito a las consideraciones expuestas; II.) OFICIAR a la Policía Federal Argentina, conforme lo ordenado, III.) NOTIFÍQUESE; y ARCHIVESE, una vez cumplidas las notificaciones pertinentes, y firme la presente”.

A fs. 187 M.d.M.H.A., con el patrocinio letrado del Dr. M.B. –Defensor Público Oficial- informa que expresará agravios en forma oral.

En fecha 19 de marzo del corriente año se constituye el Tribunal a los fines de celebrar la audiencia oral.

Fecha de firma: 19/06/2019 Alta en sistema: 24/06/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #31026287#236896603#20190611095636923 35395/2017 IMPUTADO: TOLEDO , A. s/A DETERMINAR DENUNCIANTE: HERRERA AGUERO, M. DEL MILAGRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Manifiesta el letrado patrocinante que el sobreseimiento y archivo de las presentes actuaciones resulta apresurado y arbitrario.

Entiende que la instrucción de la causa no ha culminado, puesto que su parte solicitó medidas que fueron rechazadas por el Juez con argumentos falaces, lo que llevó a interponer recurso de queja por apelación denegada, sin que se hubiera esperado el resultado del recurso para dictar el sobreseimiento. Sostiene que la producción de tales pruebas resulta fundamental para la resolución de la presente causa e impide el dictado del sobreseimiento del imputado T..

Estima que son pruebas dirimientes de la causa las lecturas de los intercambios telefónicos mantenidos entre el imputado y su representada, como así también el legajo de asuntos internos, del que surgen declaraciones de mujeres que trabajaban en la Policía Federal, las que fueron claras respecto a que H.A. se encontraba agobiada por el C.T., la cuales constituyen pruebas de suma importancia y no fueron valoradas por el A-quo.

Solicita la aplicación de la Ley 26.485 –de Protección Integral de las M.es- la que garantiza a las mismas amplitud probatoria y dispone que todos los organismos públicos, entre ellos el Poder Judicial, deben poner especial cuidado en los casos de violencia contra la mujer.

Fecha de firma: 19/06/2019 Alta en sistema: 24/06/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN2EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #31026287#236896603#20190611095636923 35395/2017 IMPUTADO: TOLEDO , A. s/A DETERMINAR DENUNCIANTE: HERRERA AGUERO, M. DEL MILAGRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Resalta además, en el caso, la desproporcionalidad existente entre jerarquías, en donde el cargo de C. es uno de los más altos en la carrera policial mientras que el que ejerce su representada –Agente- es el último eslabón.

Asimismo, solicita sean tenidos en cuenta los derechos de la víctima, previstos en la Ley 27.372 y lo dispuesto en los art. 8 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Considera que en autos las leyes no fueron tenidas en cuenta por el acusador Público y el Juez, quien en forma rápida sobreseyó a una persona que acosó sexualmente a un subordinado, llegándose al absurdo de que su representada fue sancionada mientras que el acusado fue destinado a una Jefatura de la Policía Federal, siendo su asistida sancionada con cinco días de arresto y apercibimientos, además de las burlas que tuvo que sufrir de parte de sus compañeros de trabajo.

Por otro lado, hace referencia a la ausencia de notificación a su parte de las declaraciones testimoniales prestadas por M., R. y P., lo que lo privó de la posibilidad de confrontar a los testigos.

Continuando con la audiencia, se otorga la palabra a M.d.M.H. quien describe como se sucedieron los hechos y las consecuencias que sufrió a causa de haber presentado denuncia contra el C.T..

Finalmente se solicita el dictado de nulidad de la Fecha de firma: 19/06/2019 Alta en sistema: 24/06/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #31026287#236896603#20190611095636923 35395/2017 IMPUTADO: TOLEDO , A. s/A DETERMINAR DENUNCIANTE: HERRERA AGUERO, M. DEL MILAGRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN sentencia apelada y la continuación de la investigación con participación de la querella.

2) Previo a resolver corresponde efectuar una reseña de la causa.

La misma se inicia con una denuncia presentada el día 06 de diciembre de 2017 por M.d.M.H.A. en contra del C.A.T. por acoso laboral. Relata que los hechos comenzaron a producirse a partir del día 24 de septiembre de 2017, cuando empezó a recibir constantes mensajes de parte de T. con propuestas fuera de lugar, hasta que el día 10 de noviembre de 2018 la citó a su oficina donde la quiso besar, tomándola fuerte del brazo izquierdo (fs. 02).

A fs. 07 presta declaración testimonial H.A., quien manifiesta que egresó de la Policía Federal el día 7 de julio de 2017, que la trasladaron a ésta provincia y comenzó a trabajar en la Unidad Táctica de Intervención Federal, desempeñándose en el sector de administración. Que el día 24 de septiembre le llegó un mensaje a hs. 23:25 a su celular que decía “si mañana ya estoy en la oficina hablamos”, no lo conocía y le preguntó quién era a lo que le contestó que A.T., que a partir de allí comenzó a enviarle mensajes indagando sobre su vida personal, contestándole por miedo a represalias en razón de su cargo, los mensajes eran cada vez más constantes y la invitaba a salir, buscando la manera de encontrarla fuera del ámbito laboral.

Fecha de firma: 19/06/2019 Alta en sistema: 24/06/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN4EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #31026287#236896603#20190611095636923 35395/2017 IMPUTADO: TOLEDO , A. s/A DETERMINAR DENUNCIANTE: HERRERA AGUERO, M. DEL MILAGRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN El día 02 de noviembre fue a verla donde se encontraba trabajando, se acercó un señor mayor, como de 60 años y le dijo que él le estaba mandando mensajes. Los mensajes continuaron y el día 10 de noviembre, mientras prestaba servicio solicitó que vaya a su oficina, estaba muy nerviosa y un compañero se dio cuenta y le preguntó que le pasaba y le contó sobre los mensajes y que el C. le había pedido que vaya. Luego bajó a su oficina y la volvió a invitar a salir, a lo que le dijo que no y le pidió permiso para irse, él se levantó y la agarró de los brazos, tirándose encima suyo e intentando besarla, ella forcejeó y le pidió que la dejara que se fuera y salió corriendo. Su compañero vio cómo se fue, no quería darse vuelta para que su compañero no tuviera represalias.

Salió muy mal, tenía miedo de contar porque él estaba en el edificio, dejó que pase el fin de semana y el primer día hábil habló

con su jefe, el C.J.H.C. para pedirle que la pasen a las Termas del Río Hondo y más tarde le explicó a su esposa –a quien conoce- sobre los motivos por los que quería irse, luego se entrevistó con el C.M., A.L.. Desde ese día no le mandó más mensajes. El día 03 de noviembre quiso hacer la denuncia pero no quisieron tomarla, le dijeron que lo pensara bien, como insistió los días siguientes el día primero de diciembre, luego de hablar con el C.M., con el C.C. y la Principal Moreira y luego de hacerla esperar tres horas la comunicaron con el S.C. y Fecha de firma: 19/06/2019 Alta en sistema: 24/06/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 2- MARINA COSSIO, JUEZA DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- HERNÁN EDUARDO FRÍAS SILVA, CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #31026287#236896603#20190611095636923 35395/2017 IMPUTADO: TOLEDO , A. s/A DETERMINAR DENUNCIANTE: HERRERA AGUERO, M. DEL MILAGRO Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN con la Principal Sosa, quienes la llevarían a la Comisaría de la M.. En dicha Comisaría no le quisieron tomar la denuncia porque le dijeron que eran incompetentes, entonces la llevaron a la Brigada de Investigaciones donde le tomaron la denuncia. Ese día a la noche la notificaron que tenía el pase a la División Alcaidía del Juzgado Federal.

A fs. 24 la Policía de Tucumán -División Delitos Contra las Personas- informa que el día 01/12/2017 se recibió

denuncia a la ciudadana H.A.M.d.M..

A fs. 27 se recibe informe de la Policía Regional Federal de Tucumán, respecto a la línea telefónica 011 38650071, la que fue asignada al Área IV Tucumán, utilizada por el C.I.D.A.T..

A fs. 31 comparece ante la F.ía Federal M.d.M.H.A. y hace entrega de su celular. Menciona que el día 23 de enero de 2018 a las 12:30 le llegó un mensaje de una persona que se identifica como M.C., quien le...

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