Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 11 de Septiembre de 2017, expediente FSA 013428/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 13428/2016/CA1 ta, 27 de octubre de 2017.

VISTA:

Esta causa N° FSA 13428/2016/CA1 caratulada “SORIA, B.M. – UN TAL S.B.M. (A) CABEZON – SORIA, F.R. SOBRE INFRACCION A LA LEY 23.737”, con trámite en el Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:

1) Que se elevan a esta Alzada las actuaciones de referencia en virtud de los recursos de apelación interpuestos por la defensa de A.O.G., J.A.H., G.E.R. (fs. 490 y vta. Dr. C.A.A., y de M.G. (fs. 491 y vta. Dr.

R.O., en contra de la resolución obrante a fs. 456/469 y vta. que dispuso el procesamiento de los nombrados como autores del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes (art. 5 inc. “c” y art. 11 inc. “c” de la ley 23.737), transformando en prisión preventiva sus detenciones.

2) Que el hecho que dio origen a esta causa está debidamente descripto en el auto recurrido al que cabe remitirse, sin perjuicio de lo cual se realizará una breve reseña para mayor ilustración.

Asi las cosas, resulta oportuno señalar que las presentes actuaciones se iniciaron como consecuencia de los datos obtenidos durante las pesquisas efectuadas en la causa N.. FSA 26.163/2015 caratulada “Apertura de causa s/Infracción a la Ley Fecha de firma: 27/10/2017 Alta en sistema: 30/10/2017 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA 1 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #28781046#188073265#20171030100238977 23.737”, que corre agregada por cuerda, de la que surge que se contaba con información sobre posibles maniobras de traslado de estupefaciente desde las ciudades de Orán y Pichanal hacia Salta, Tucumán, S. delE. y C., siendo el principal investigado D.L. quien residiría en Tucumán y mantendría una constante comunicación con una persona identificada como B.M.S. oriunda de Pichanal (Salta), que se moviliza en una camioneta marca Ford Ecosport dominio FAC041.

Asimismo se determinó que el número de la línea telefónica utilizada por B.S. era 3878-637532, y tras realizar un análisis de intercomunicaciones entre los involucrados, se tomó conocimiento que estaría planeando un transporte de estupefacientes para el día 21 de agosto de 2016 desde la localidad de Pichanal (Salta).

Se asentó en el acta de procedimiento de fs.

1/5 y vta. las circunstancias en las que se logró el secuestro de estupefacientes y la detención de los encartados.

Además se explicó minuciosamente los distintos puntos de observación que estratégicamente dispuso la fuerza preventora para controlar la marcha de los vehículos investigados, detallando los encuentros que tuvieron y los horarios por donde pasaron, habiendo realizado un seguimiento controlado de los rodados.

Se precisó, en cuanto a la forma de desplazamiento, que se utilizaron tres vehículos de los cuales dos cumplían la función de punteros (automóviles marca Ford Ecosport Fecha de firma: 27/10/2017 Alta en sistema: 30/10/2017 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA2 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #28781046#188073265#20171030100238977 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 13428/2016/CA1 dominio “FAC-041” y Chevrolet Astra dominio “IIM-610”), bajo la modalidad de posta intercambiando posiciones dentro de la columna, mientras que el tercero (automóvil marca Renault Laguna dominio “BEF-579”) era utilizado para transportar físicamente el estupefaciente.

Así, a horas 5:15 aproximadamente, la fuerza preventora observó que el Chevrolet Astra conducido por M.G. arribó al control de ruta de la Sección “Chalican” dependiente del Escuadrón 60 “San Pedro” de Gendarmería Nacional, donde tras ser revisado continuó su marcha. Luego de unos quince minutos pasó por el citado puesto la Ford Ecosport conducida por B.M.S. viajando como acompañante F.R.S., ocupantes que prosiguieron su viaje luego de ser controlados.

Asimismo se dejó constancia que dos kilómetros previos al puesto de control “Chalican”, se observó que el otro vehículo que venía siendo seguido -el Renault Laguna- se detiene sobre la calzada de la Ruta Nº34 a mano derecha con las balizas encendidas, para luego estacionarse a mano izquierda a una distancia aún mayor del mencionado puesto de control tras lo cual se dirigió en dirección a F.P..

Dicha circunstancia permitió inferir a la preventora que cuando los ocupantes del vehículo Laguna se percataron del citado control de ruta, habrían abandonado la sustancia toxica en cercanías a este último lugar, cambiando de dirección.

Fecha de firma: 27/10/2017 Alta en sistema: 30/10/2017 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA 3 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #28781046#188073265#20171030100238977 Seguidamente el personal que efectuaba el seguimiento del mencionado rodado, observó cuando éste ingresó a la terminal de ómnibus de Fraile Pintado donde detuvo su marcha, oportunidad en que se procedió a identificar a sus ocupantes, siendo el conductor del rodado G.E.R. quien viajaba acompañado por J.A.H..

Acto seguido, se comisionó a personal de Gendarmería Nacional para que vaya al lugar donde se encontraba detenido el Renault Laguna a fin de que realizara tareas de rastrillaje, lográndose detectar sobre la calzada a mano izquierda tres bultos cubiertos con bolsas de nylon color negra y cinta de embalar transparente de forma rectangular que posteriormente se determinó contenían 109 paquetes conteniendo marihuana, con un peso total de 100,850 kilogramos.

Ante ello se procedió a la detención de R.F.S. y B.M.S. quienes iban en la Ford Ecosport como así también de M.G. y A.O.G. quienes viajaban en el Chevrolet Astra.

De la requisa personal practicada a M.G. se le incautaron distintas anotaciones; mientras que a A.O.G. se le secuestraron desde su billetera dos chips de la empresa Claro Nº 89543141540153997240 y Nº

89543141544117564854, una licencia de conducir y una cédula de identificación de un vehículo dominio NTS628, dos tarjetas de Personal por el monto de $ 50 y anotaciones varias.

En el interior de la Ford Ecosport dominio Fecha de firma: 27/10/2017 Alta en sistema: 30/10/2017 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA4 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #28781046#188073265#20171030100238977 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 13428/2016/CA1 FAC041 en el que se movilizaba B.S. se encontró un celular Samsung modelo GT IMEI Nº 354488058784934 conteniendo un chip Nº 89543141531248284251, un chip de la empresa Personal Nº 89543421015621016403, un pen drive de 4 GB y otro de 8 GB.

Del Chevrolet Astra dominio IIM610 donde viajaban M.G. y A.O.G. se incautó

un celular Nokia modelo RM1135 IMEI 359765062065714, un chip de la empresa Claro Nº 89543141531248284251, un chip de la empresa Personal Nº 89543420315545621846, un chip de la empresa Claro Nº 89543141452891471122, un chip de la empresa Movistar Nº 8954079100762974305, un cuaderno tapa azul y una libreta con anotaciones varias.

Desde el interior del Renault Laguna dominio BEF579 en el que se trasladaban G.R. y J.H. se secuestró un celular Samsung modelo GTE1086 IMEI Nº

358728/04/435498/7, con un chip de la empresa Personal Nº

89543421015624394369, un modem marca Alcatel, un celular Nokia modelo 106.3 tipoRM963 IMEI Nº 358622/06/546198/9 sin chip, un celular marca LG modelo H320 AR, IMEI Nº 351524-07-

047141-6 con chip de la empresa personal Nº

89543420315550619347 una memoria de 2 GB y un pen drive marca V. color azul.

En razón de los hechos reseñados, el Juzgado Instructor dispuso la detención de los involucrados, el secuestro de sustancia estupefacientes y todo elemento de interés para la causa Fecha de firma: 27/10/2017 Alta en sistema: 30/10/2017 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA 5 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #28781046#188073265#20171030100238977 (v. acta de procedimiento de fs. 1/5, acta de pesaje de fs. 6/7, prueba de narcotest de fs. 8, actas de notificación de detención de fs. 9/14, anexo fotográfico de fs. 26/31; C. del lugar del hecho de fs. 32).

2.3) Convocado a prestar declaración indagatoria, a fs. 56/59 B.M.S. manifestó que cuando lo detuvieron los gendarmes le decían que llamara al conductor del Chevrolet Astra, contestando que no tenía su número.

Indicó que a los otros imputados los conocía de vista ya que eran oriundos de la localidad de Pichanal. Por otra parte, negó haber detenido la marcha de su vehículo en cercanías al cruce de las vías que se encuentra en la zona céntrica de Pichanal y haber conversado con el conductor del Chevrolet Astra dominio IIM610. Negó también cualquier vinculación con la droga.

2.4) A fojas 63/65 F.R.S. manifestó que no tenía nada que ver con la causa y que tampoco conocía al resto de los imputados.

Señaló que el día del procedimiento había salido de la Ciudad de Pichanal en horas de la noche junto a su hermano M. para dirigirse a la Ciudad de Salta a visitar a su sobrina R.G. que se encontraba internada en el Hospital San Bernardo a raíz de un accidente que sufrió en agosto de ese año.

Explicó que fueron revisados por Gendarmería Nacional en el Puesto de control “C.” sin que se les Fecha de firma: 27/10/2017 Alta en sistema: 30/10/2017 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA6 Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #28781046#188073265#20171030100238977 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 13428/2016/CA1 encontrara nada ilícito, no obstante lo cual luego en “San Pedro”

fueron detenidos.

2.5) A fs. 69/72 hizo lo propio M.G. quien en su descargo expresó que el día del hecho viajaba hacia la Ciudad de Salta para buscar a un familiar de su esposa R.G. de apellido Q..

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