Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 8 de Noviembre de 2018, expediente FSA 052000599/2012/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Noviembre de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 52000599/2012/CA1 Salta, 7 de noviembre del 2018.
Y VISTA:
Esta causa FSA 52000599/2012/CA1 caratulada: “SILVETI, EMA ALICIA Y OTROS S/
ASOCIACIÓN ILÍCITA” proveniente del Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:
1) Que se elevan a esta Alzada las actuaciones de referencia en virtud de los recursos de apelación interpuestos por:
a.- el Fiscal Federal a fs. 1535/1537 y vta. en contra del punto I) del auto de fs. 1472/1522 y vta. por el que se dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de E.A.S..
b.- la defensa particular en contra la resolución de fs. 1472/1522 en cuanto dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de E.A.S. por asociación ilícita en carácter de jefe (art. 210 C.P.), lavado de activos de origen delictivo (art.
303 inc. 1 y 2 apartado “a”) y encubrimiento de contrabando (art.
874 inc. 1 apartado “d” del Código Aduanero), en concurso real; Á.D.A.S. por asociación ilícita en carácter de miembro (art. 210 C.P.), lavado de activos de origen delictivo (art.
303 inc. 1 y 2 apartado “a”) y encubrimiento de contrabando (art.
874 inc. 1 apartado “d” del Código Aduanero), en concurso real; L.M.A.S. y J.L.N. por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro (art. 210 C.P.) y Fecha de firma: 08/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 1 #16405740#221150707#20181108091029181 encubrimiento de contrabando (art. 874 inc. 1 apartado “d” del Código Aduanero), en concurso real y de C.L.V. por el delito de asociación ilícita en carácter de miembro (art. 210 C.P.), encubrimiento de contrabando (art. 874 inc. 1 apartado “d”
del Código Aduanero) y atentado y resistencia contra la autoridad (art. 237 y 238 inc. 4 del CP), en concurso real (cfr. fs.1567/1575).
2) Que las presentes actuaciones se iniciaron el 8 de mayo de 2012 con la presentación de la Unidad Especial Investigaciones y Procedimiento Judiciales “Salta” informando respecto de la recepción de una denuncia anónima que daba de que una persona identificada como “M.” se encargaría de transportar hojas de coca desde Bermejo hasta Orán para luego ser trasladadas a la ciudad de Salta, donde serían depositadas en un inmueble de la calle V.L..
Informó que para el transporte utilizarían punteros que alertaban de la existencia de controles de la fuerza de seguridad y que las cargas eran de aproximadamente 400 kilos de hojas de coca. Aportó el número telefónico de una persona que señaló como el jefe con quien se comunicaban antes de los traslados.
En virtud de ello, el Fiscal Federal solicitó se inicien tareas investigativas para determinar la veracidad de los hechos denunciados, solicitando la intervención de la línea telefónica (fs. 4/5 y vta.).
2.1) Que a fs. 12/21 la preventora verificó
distintos locales comerciales de propiedad con la leyenda “San Fecha de firma: 08/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 2 #16405740#221150707#20181108091029181 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 52000599/2012/CA1 Silvestre” y “G.S.S.” de E.S., que serían administrados por su hija L.M.S. y solicitó la intervención de la línea telefónica utilizada por ella.
Asimismo, se informó que L.M.A.S. y su pareja J.N. habían sido detenidos por personal del Escuadrón 21 “La Quiaca” el día 27/11/12 por transportar hojas de coca y cigarrillos (cfr. copias agregadas a fs. 24/59). Se agregó, además, la explotación de los tres teléfonos celulares secuestrados en el procedimiento, constatándose que numerosos contactos con la referencia “clientes” de distintas provincias como J., Tucumán, S. delE., C. y números de Bolivia (cfr. fs. 60/98).
2.2) A fs. 112/129 se informó que la familia A.S. eran propietarios de una cadena de negocios denominada “G.S.S.”, “San Silvestre”, “24 horas” que contaban con distintos proveedores de hoja de coca provenientes de Jujuy, La Quiaca, Orán, entre otros, que hacían llegar la mercadería a Salta sorteando los controles utilizando algún “puntero” o “barredor”, para luego acopiarla en un galpón ubicado en calle V.L. 1251/1255 y posteriormente distribuirla en los distintos locales.
A fs. 131/135 rola la transcripción realizada sobre los diálogos que efectuó la investigada L.M.A.S. referidos a la venta de hojas de coca.
2.3) La preventora informó a fs. 152/157 que en fecha 10/05/13 un vehículo marca Renault dominio HPH142, ingresó en el galpón ubicado en calle V.L. 1251/1255, Fecha de firma: 08/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 3 #16405740#221150707#20181108091029181 observándose en el mismo dos bultos conteniendo hojas de coca en estado natural que luego fueron trasladados al Mercado San Miguel.
A fs. 165/176 obran las transcripciones de los diálogos mantenidos por L.M.A.S., de los que surgen acuerdos relativos al transporte de hojas de coca.
2.4) A fs. 185/199 se agregaron constancias del procedimiento llevado a cabo por personal de Gendarmería Nacional en la ciudad de Salta en virtud del cual se secuestraron de 318 kilogramos de hojas de coca que iban ocultos en un camión dominio DCD-188 conducido por el ciudadano boliviano R.M.M..
2.5) Se agregaron a fs. 214/221 las constancias del procedimiento efectuado por personal de Gendarmería Nacional en fecha 7/10/13 en inmediaciones del kiosco “Don Angelito 24 hs” ubicado en calle V.L. 1200 de esta ciudad, en el que se secuestraron 60 kilos de hoja de coca que se encontraban ocultos en el baúl de un vehículo dominio HVH932, siendo sus ocupantes E.A.S. y A.M.C..
2.6) A fs. 222/231 se agregaron las transcripciones de las comunicaciones interceptadas desde las líneas telefónicas de E.A.S. y N.A.S., en las que se comunicaban con J.N. y A.A.S. ante un posible transporte de hojas de coca.
En el informe de fs. 237/243 personal de la UESPROJUD “Salta” concluyó en base a dichas escuchas que E.F. de firma: 08/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 4 #16405740#221150707#20181108091029181 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 52000599/2012/CA1 A.S. se encontraría realizando tareas de distribución de hoja de coca en la ciudad de Salta y en las Provincias de Tucumán, S. delE. y C., enviando también la mercadería a través de encomiendas.
2.7) En el informe de fs. 245/250 la preventora indicó que existirían indicios de que E.A.S. utilizaría el servicio de encomiendas de la empresa “La Veloz del Norte” para enviar los bultos con hoja de coca en estado natural.
Así, se consignó que entre los días 8 al 28 de noviembre de 2013 se habrían despachado 185 kilos de hojas de coca a la provincia de Córdoba.
2.8) A fs. 251/273 obra informe de la UESPROJUD “Salta” con las transcripciones de las líneas utilizadas por E.A.S., N.A.S. y J.N. referidas al transporte de hojas de coca. Asimismo, se informó que el día 11/11/2013 se detuvo la camioneta JSU-454 a la altura de AUNOR conducida por E.A.S., oportunidad en que se incautaron 80 paquetes con un total de 40 kilogramos de hojas de coca.
Se informó también los vehículos utilizados por la familia A.S., sus viviendas y los locales comerciales.
2.9) A fs. 275/288 se puso en conocimiento que el día 28/10/2013 la preventora incautó 40 kilos de hojas de coca que en la terminal de colectivos de la ciudad de Salta que estaban por ser despachados a la ciudad de Córdoba por A.M.C., empleado de E.S..
Fecha de firma: 08/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 5 #16405740#221150707#20181108091029181 2.10) Surge del informe de fs. 298/302 información obtenida de las escuchas telefónicas del celular de E.A.S. relativa a personas, cantidades y precios de hojas de coca que se habría adquirido en Jujuy y Orán.
2.11) A fs. 316/323 y vta. obran transcripciones de las escuchas, detalle de los domicilios de las personas que presuntamente proveerían las hojas de coca y los vehículos utilizados.
2.12) Que AFIP-DGI acompañó a fs. 384/414 informe fiscal de los contribuyentes presuntamente involucrados con la actividad de comercialización de hojas de coca y venta de cigarrillos.
2.13) A fs. 415/452 constan transcripciones de escuchas telefónicas de los días 27/7/2015 al 21/8/2015, de las que surgen conversación con la Contadora quien les solicita información para justificar los movimientos bancarios, asimismo conversan con los otros investigados respecto a las clausuras de los locales por parte de la policía y que estarían siendo perseguidos.
2.14) En el informe de fs. 470/486 la preventora señaló a E.A.S. como la cabecilla de la asociación ilícita, encargada de planificar, ordenar y ejecutar distintas maniobras ligadas al contrabando y distribución de hoja de coca en estado natural, lo que realizaría junto a las siguiente personas:
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- A.A., encargado de custodiar la hoja de coca transportada en diferentes vehículos.
Fecha de firma: 08/11/2018 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA 6 #16405740#221150707#20181108091029181 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 52000599/2012/CA1 2.- J.L.N., pareja de M.L.A.S., encargado de concretar el contrabando de la mercadería.
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- Ángel D.A.S. (hijo de E.A.S., participación directa con las diferentes maniobras planificadas junto a J.N..
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- M.A.C., junto a L.T. serían los encargados de administrar y promover los negocios de E.A.S..
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- S.O.M. y A.C.Q., vinculados a la adquisición, comercialización y distribución en la Ciudad de Salta.
2.15) A fs. 548/570 y fs. 576/579 la Unidad Especial informó respecto de los titulares y personas...
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