Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 25 de Junio de 2021, expediente FRE 008060/2015/CA001
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
Resistencia, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil veintiuno.
VISTO:
El presente expediente registro N° FRE 8060/2015/CA1, caratulado:
SAVCHUCH, DANIEL Y CONTRERAS, F.A.E. SOBRE
DEFRAUDACIÓN CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
, proveniente del
Juzgado Federal de Presidencia R.S.P., del que;
RESULTA:
-
Que vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud de los recursos de
apelación interpuestos por las Defensas técnicas de los encausados, contra el auto de
procesamiento sin prisión preventiva dispuesto en relación a D.S. (en calidad
de autor) y de F.A.E.C. (como partícipe necesario, en función del
art. 45 CP) en orden al delito de fraude contra la administración pública (art. 174, inc. 5°
del CP), trabando embargo sobre sus bienes.
Para así decidir, el J. de la anterior instancia consideró que las presentes
actuaciones se originaron en virtud de una denuncia formulada en fecha 07/09/2015 por el
Gerente del Banco Nación Argentina (Sucursal V.Á., provincia del Chaco), en
razón de haber detectado la realización de operaciones bancarias efectuadas por Daniel
S. y F.A.E.C., tendientes a obtener créditos otorgados por la
institución, sin solvencia suficiente y con el propósito de defraudar al Estado Nacional.
Puntualmente, reseñó que S. había solicitado operaciones de descuento de
cheques de terceros con los que se configuraría un crédito personal, de los que resultaron
ocho operaciones por diferentes montos, desde el 03/12/2014 hasta el 28/05/2015. Al
respecto, indicó las distintas maniobras efectuadas y resaltó las que no pudieron ser
cobradas por falta de fondos y aquéllas por orden de no pagar en virtud de una denuncia
previa por robo, en las cuales figuraba como titular F.A.E.C., quien,
según la denuncia, sería socio del primero de los nombrados.
Asimismo, encontrándose la cuenta corriente de S. como “Saldo Deudor”,
éste depositó cheques de la firma TZT S.A., domicilio Charcas 2737 de Capital Federal,
Banco Patagonia, los que fueron rechazados por falta de fondos. También advirtió el
Magistrado que en el Juzgado Civil y Comercial N° 2 de V.Á. se encuentra
tramitando el proceso concursal de D.S., bajo el expediente N° 705/15. Basado
en tales antecedentes el J. procesó a los nombrados al entender configurado los extremos
típicos de la figura endilgada.
-
a) Contra dicha resolución interpone recurso de apelación el Defensor Público
Oficial en representación de F.A.E.C.. Afirma que la decisión del
J. de la anterior instancia deviene arbitraria, en la medida en que no constituye una
Fecha de firma: 25/06/2021
Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.J.B., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
derivación razonada de las constancias de la causa, por existir una errónea apreciación de la
prueba.
Sostiene que no existen elementos suficientes para atribuirle la participación
necesaria a su defendido en el delito endilgado, por lo que solicita se revoque el fallo y se
dicte auto de falta de mérito.
Reseña las consideraciones del Instructor y alega la inexistencia de elementos del
tipo penal de estafa. Al respecto, refiere a la falta de valoración de la ampliación de la
declaración indagatoria presentada por escrito por su asistido, donde informó que nunca
tuvo una relación en sociedad con S., sino más bien comercial por la locación de
servicios, ya que le había alquilado al nombrado dos terrenos para la siembra y cultivo de
algodón.
En dicha presentación, el encartado afirmó que los cheques en cuestión no
pudieron ser cobrados por falta de fondos, dada la crisis producida en su actividad como
algodonero –por razones de clima, que se encuentra en concurso de acreedores
actualmente y que el Banco Nación no es...
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