IMPUTADO: SACCANI, VIRGINIO LUIS Y OTROS s/INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA QUERELLANTE: AFIP, RICARDO
Fecha | 26 Agosto 2020 |
Número de expediente | FSM 012096/2013/CA004 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° 8139 - FSM 12096/2013/CA4
IMPUTADO: SACCANI, V.L. Y OTROS s/INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA QUERELLANTE:
AFIP, RICARDO
Registro N°: 9086
S.M., 26 de agosto de 2020.
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
Llegan a conocimiento de este Tribunal las actuaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Público F. y por el letrado de la querellante, Administración Federal de Ingresos Públicos, contra la decisión que decretó el sobreseimiento de P.V.S., E.C.M., L.M.S., A.M.Z. y J.M.S., en orden a los hechos recriminados (Cf.
Arts.334 y 336, inciso 2°, del C.P.P.N.; Fs. 2785/2800,
2803/2812
y 2813/2814V, de los principales).
En la instancia, el F. General y la querella mantuvieron el trámite recursivo; en tanto, la defensa de los encausados, presentó memorial refutando los argumentos y fundamentos de los apelantes (Fs. 2830/V., 2826/2829
y 2832/2838V., de los principales).
Los antecedentes de la encuesta informan que su génesis data del 23 de diciembre de 2008, con la denuncia formulada por la Sección Penal Tributario,
dependiente de la División Jurídica de la Dirección Regional Norte, de la Administración Federal de Ingresos Públicos –en lo sucesivo, AFIP-, contra V.L.S., P.V.S., E.C.M.,
L.M.S., A.M.Z. y J.M.S. por la presunta comisión del delito de insolvencia fiscal fraudulenta –Art. 10, ley 24.769- a partir de la creación de diversas sociedades que operan comercialmente Fecha de firma: 26/08/2020
Firmado por: M.F.F., SECRETARIO
Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA 1
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° 8139 - FSM 12096/2013/CA4
IMPUTADO: SACCANI, V.L. Y OTROS s/INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA QUERELLANTE:
AFIP, RICARDO
Registro N°: 9086
acumulando deudas con el Fisco que no son abonadas, debido a que las empresas se concursan o se presentan en quiebra después de algún tiempo, dando paso a una nueva sociedad que retoma la actividad comercial (Fs. 1/14V., de los principales).
De seguido, una vez radicada la causa, se dispuso su acumulación jurídica a los expedientes N° 28/2006 –FSM
994/2013-, 76/2007 –FSM 12101/2013-, 146/2009 –FSM
12100/2013-, 4/2006 y 55/2007 –FSM 12097/2013- (Fs. 45/48),
trámites concluidos, según el detalle contenido en las certificaciones incorporadas a Fs. 2511/2515 y 2662, de los principales y el fiscal impulsó la acción penal (Cf.
dictamen de Fs. 124/125 y su ampliación de Fs. 133/134).
Luego, los justiciables prestaron declaración indagatoria (Art. 294, C.P.P.N.), a excepción de V.L.S. respecto de quien se suspendió el trámite del proceso en virtud de una incapacidad mental sobreviniente,
ocasión en que fueron intimados a tenor de haber provocado o agravado, en forma conjunta, la insolvencia de las sociedades “LA ROMERÍA S.A.”, “ASTORQUI Y CÍA. S.A.”, “BODEGAS
Y VIÑEDOS DEL VALLE S.A.” y “BODEGAS CUVILLIER S.A.”, pese a tener conocimiento de la iniciación y prosecución de procedimientos tendientes a la determinación y cobro de tributos nacionales y con el propósito de frustrar en todo o en parte el cumplimiento de las obligaciones fiscales que las contribuyentes debían ingresar en su justa medida;
maniobra que habría consistido en la constitución y/o adquisición progresiva de las sociedades referidas que,
Fecha de firma: 26/08/2020
Firmado por: M.F.F., SECRETARIO
Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA 2
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° 8139 - FSM 12096/2013/CA4
IMPUTADO: SACCANI, V.L. Y OTROS s/INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA QUERELLANTE:
AFIP, RICARDO
Registro N°: 9086
durante su existencia, elaboraban y/o comercializaban vinos y productos relacionados con la sidra, a la vez que eran utilizadas por los imputados para traspasar su patrimonio de una a otra sucesivamente, y que luego de acumular deudas -tanto con el fisco nacional como con entidades provinciales, municipales y con particulares (personas físicas o jurídicas)- eran presentadas en concurso preventivo de acreedores, verificándose luego la quiebra de “LA ROMERÍA S.A.”, “ASTORQUI Y CÍA. S.A.” y “BODEGAS Y VIÑEDOS
DEL VALLE S.A.”, tornando incierto o imposible el cobro de las respectivas acreencias, sin perjuicio de continuar con la actividad comercial bajo las denominaciones de “BODEGAS
CUVILLIER S.A.” y/o “GRUPO FAMILIAR S.A.”.
En ese orden de ideas, acorde a la intimación,
LA ROMERÍA S.A.
fue constituida el 17 de septiembre de 1962 por M.G., H.C.P., R.H.M., A.O.T., F.N., R.H.M.(.h), R.C., José
Ricardo Tirado, G.J. y J.F.C.;
incorporándose a la sociedad V.L.S., L.M.S., A.M.Z. y J.M.S., mediante asamblea general ordinaria celebrada el 10 de enero de 1990, asumiendo los cargos de P.,
y Directores, respectivamente.
La sociedad se presentó en concurso preventivo de acreedores el 5 de septiembre de 1990 y su quiebra se decretó el 19 de marzo de 1999 -Cf. causas N° 10.290 y 24.871 del Juzgado Nacional en lo Comercial N° 26 de la Fecha de firma: 26/08/2020
Firmado por: M.F.F., SECRETARIO
Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA 3
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° 8139 - FSM 12096/2013/CA4
IMPUTADO: SACCANI, V.L. Y OTROS s/INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA QUERELLANTE:
AFIP, RICARDO
Registro N°: 9086
Capital Federal-; en tanto, los procedimientos administrativos de determinación de las obligaciones fiscales se iniciaron el 24 de noviembre de 1993 (O.I.
8604800), 5 de julio de 1994 (O.
5280737), 8 de marzo de 1995 (O.
9003169), 11 de mayo de 1995 (O.
9005056), 2
de agosto de 1995 (O.
5507316), 4 de septiembre de 1995
(O.
9008926), 26 de octubre de 1995 (O.
8619042), 11 de junio de 1996 (O.I.9019235), 29 de octubre de 1998 (O.I.
9035290), 13 de enero de 2000 (O.
P23983-6), 14 de febrero de 2000 (O.
P24153-9), 25 de enero de 2001 (O.I.
P 247-0 y P248-8), 26 de diciembre de 2002 (O.
P5396-1),
20 de junio de 2003 (O.
P9833-7), 19 de diciembre de 2003
(O.
P13504-6 y O.
P13505-4) y 3 de septiembre de 2007
(O.
259200).
Por su parte, “ASTORQUI Y CÍA. S.A.” fue constituida el 23 de octubre de 1973, por V.L.S., A.M.Z. y R.E.R., asumiendo el primero el cargo de P. de la sociedad, R. el cargo de V. y Z. el cargo de Vocal.
El 30 de junio de 1988, mediante acta de asamblea general ordinaria fueron elegidos para integrar el directorio V.L.S. como P., Z. como V. y L.M. y J.M.S., como Directores.
La sociedad presentó su concurso preventivo el 5
de septiembre de 1990 y su quiebra se decretó el 3 de diciembre de 1998 –Cf. causa N° 59.490 del Juzgado Nacional en lo Comercial N° 2 de la Capital Federal-; mientras que Fecha de firma: 26/08/2020
Firmado por: M.F.F., SECRETARIO
Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA 4
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° 8139 - FSM 12096/2013/CA4
IMPUTADO: SACCANI, V.L. Y OTROS s/INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA QUERELLANTE:
AFIP, RICARDO
Registro N°: 9086
los procedimientos administrativos de determinación de las obligaciones fiscales se iniciaron el 13 de agosto de 1993
(O.
P5128471), 18 de abril de 1994 (O.
5301831), 5 de junio de 1995 (O.
9005994), 5 de marzo de 1996 (O.I.
9016066), 25 de noviembre de 1999 (O.
P23716-7), 13 de marzo de 2000 (O.
2348) y 27 de junio de 2000 (O.I.
9044205).
Continuando, la empresa “BODEGAS Y VIÑEDOS DEL
VALLE S.A.” fue constituida el 2 de julio de 1997, por V.L.S., J.M.S., L.M.S. y P.V.S., asumiendo el primero el cargo de P., el segundo como Director Titular, el tercero como V. y la última como Directora Suplente. Posteriormente, el 10 de julio de 1998, mediante asamblea general ordinaria, L.M. y J.M.S. renunciaron a sus cargos y asumió el imputado E.C.M.. En consecuencia, el directorio de la sociedad quedó conformado con V.L.S. como P., P.V.S. como V. y E.C.M. como Director.
Luego, el 22 de noviembre del año 2000, la sociedad peticionó su concurso preventivo de acreedores y el 29 de octubre del año 2010, se decretó su quiebra –Cf.
causas N° 41.112 (concurso) y N° 53.471 del Juzgado Nacional en lo Comercial N° 18 de la Capital Federal-;
siendo que, los procedimientos administrativos de determinación de obligaciones fiscales se iniciaron el 18
de noviembre de 1999 (O.
P521043), 5 de diciembre de 2000
Fecha de firma: 26/08/2020
Firmado por: M.F.F., SECRETARIO
Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.D.F., JUEZ DE CAMARA 5
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° 8139 - FSM 12096/2013/CA4
IMPUTADO: SACCANI, V.L. Y OTROS s/INSOLVENCIA FISCAL FRAUDULENTA QUERELLANTE:
AFIP, RICARDO
Registro N°: 9086
(O.
9047166 y O.
P53891-4, 21 de marzo de 2002 (O.I.
P6882-9), 15 de mayo de 2002 (O.
13617), 9 de diciembre de 2004 (O.
6282) y 23 de agosto de 2006 (O.
167725).
De su lado, “BODEGAS CUVILLIER S.A.” fue constituida el 4 de octubre de 2000, por L.M.S. y J.M.S., en el rol de P. y Director –respectivamente-. El 8 de abril de 2002 M.V.P.D. fue designado Director Titular.
Su concurso preventivo fue presentado el 22 de marzo del año 2006 –Cf. causa N° 91.013 del Juzgado Nacional en lo Comercial N° 1 de la Capital Federal-; en tanto, los procedimientos administrativos de determinación de obligaciones fiscales se iniciaron el 20 de mayo del año 2002 (O.
565222-7), 4 de noviembre de 2004 (O.
1301),
19 de agosto de 2005 (O.
83942), 8 de...
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