Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 16 de Diciembre de 2019, expediente FCT 013593/2018/CA002

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES FCT 13593/2018/CA2 Corrientes, trece de diciembre de dos mil diecinueve.

Y Visto: los autos caratulados: “S.J.A. s/Infracción Ley

23.737”, E.. N° 13593/2018/CA1 del registro de esta Cámara provenientes

del Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad de Corrientes.

Considerando:

Que ingresan estos obrados a la Alzada en virtud del recurso de apelación

promovido a fs. 135/141 por la defensa oficial del imputado Jorge Antonio

Saavedra contra el auto de fs. 106/109 y vta. por medio del cual el juez de

anterior grado ordenó el procesamiento con prisión preventiva del nombrado

en calidad de autor por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc.

c

de la ley 23.737) y mando embargar sus bienes hasta cubrir la suma de

pesos treinta mil ($30.000).

La defensa plantea en primer lugar la nulidad de la actividad

prevencional, en virtud de la inobservancia del art. 230 bis del CPPN por

excederse y proceder a un acto compulsivo de detención y requisa sin orden

judicial, que su asistido se identificó y sin embargo fue sometido a un

interrogatorio intimidante, que el hallazgo se produjo por un acto compulsivo

y no por la utilización de canes. Solicita la aplicación de la doctrina del árbol

del fruto prohibido y la regla de exclusión e invoca los arts. 18 de la CN, 284,

285, 230, 230 bis, 184 inc. 5º en tanto los proventores no se ajustaron a esas

normas y del acta no surgen elementos que indiquen un estado de sospecha ni

se verificaron circunstancias previas o concomitantes que razonable y

objetivamente autoricen a detener personas y requisarlas.

Plantea la errónea valoración de las evidencias por carecer de la

fundamentación de los arts. 123 y 308 del CPPN y ruptura de la cadena de

custodia ya que el cargo de fs. 37 y vta., el pesaje de fs. 38 y el decreto de 39

no cumplen las previsiones legales, sostiene que no se cumplieron con las

previsiones del art. 233 del CPPN como tampoco con la Resolución

Nº858/2011 del Ministerio de Seguridad de la nación.

Fecha de firma: 16/12/2019 Alta en sistema: 20/12/2019 Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #32886887#252629173#20191216123259173 Sostiene que es errónea la aplicación de la ley sustantiva, por imputarse

el delito de transporte consumado, ya que al ser interceptada no produjo daño

real alguno a la salud pública y solo cuando llega a destino adquiere verdadera

potencialidad y dañosidad. Por lo que solicita el cambio de calificación al

grado de tentativa, puesto que la acción quedó truncada por el accionar de la

fuerza de seguridad. Cita precedentes al respecto.

Se agravia de la prisión preventiva por carecer de fundamentación

respecto de los riesgos procesales, refiere que su asistido no tiene antecedentes

ni procesos en trámite, tiene arraigo y domicilio conocido, y se comportó

correctamente durante el procedimiento, explica que la pena en abstracto ni la

gravedad del hecho pueden utilizarse como únicos fundamentos para el

encierro cautelar. Sostiene que no hay peligro de fuga porque el imputado no

posee los recursos económicos para mantenerse prófugo ni puede entorpecer

la investigación en tanto se colectó todo el material que serviría de evidencia,

ni tiene capacidad para oponerse al aparato estatal, por lo que a su criterio la

detención cautelar es arbitraria e ilegítima por ausencia de los requisitos

legales. Cita precedentes. Finalmente formula reservas de estilo.

Al contestar la vista a fs. 145 el Fiscal del Cuerpo no adhirió al planteo

formulado por la defensa; por su parte el Defensor Público Oficial a fs.

147/155 ratificó todos y cada uno de los agravios expresados al interponer el

recurso en trato.

En punto a la nulidad de la actividad prevencional, se destaca que tuvo

lugar el 17 de noviembre de 2018 en proximidades a la localidad de Villa

Olivari durante un control de ruta vehicular habitual sobre la...

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