Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 14 de Septiembre de 2016, expediente FSM 034003435/2013/CA002

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 34003435/2013/CA2 (7718), C.:

IMPUTADO: RODRÍGUEZ, PEDRO SEBASTIÁN Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

, del Juzgado Federal de San Isidro 2, Secretaria Nº6 Registro de Cámara: 7648 M., 14 de septiembre de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal, con motivo del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, contra el auto de Fs.

1129/1136, que en su punto dispositivo I decreta la nulidad del acta de Fs. 3 y lo actuado en su consecuencia, y en el II sobresee a U.E.G.G., V.J.E.M., R.A.G. y J.E.G., en orden a los hechos por los que fueran imputados.

En primer término, cabe señalar que las normativas que deben observarse a los efectos de la nulidad de las actuaciones, a diferencia de las analizadas por la Sra. Juez, son las correspondientes al Código Procesal de la Provincia de Buenos Aires, en tanto las actividades cuestionadas fueron llevadas a cabo por la Subdelegación de Investigaciones de Tigre/San F., de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, quien diera intervención la Fiscalía de Delitos Complejos de la Provincia y al Juzgado de Garantías N° 2 de San Isidro –posteriormente incompetente- (Art. 7 de la Constitución Nacional).

Ya sobre la cuestión, se observa que en su formalidad, el acta de Fs. 3, ha cumplido con las pautas requeridas por los artículos 117, 118 y 119, en tanto se convocó a testigos para su confección y rúbrica, quienes presenciaron la requisa de los dos rodados incautados en la oportunidad; estos testigos han ratificado sus respectivas intervenciones –Fs.

17/19-. En cuanto a la diligencia de Fs. 187, también analizada en primera instancia, formalmente en ella se han respetado las pautas del artículo 226 en función del 219, atento la -1-

Fecha de firma: 14/09/2016 Firmado por: M.D.F., Firmado por: L.B.S., Firmado(ante mi) por: ROSARIO S.E.O., PROSECRETARIO DE CAMARA #15809111#162026436#20160915084529582 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación “Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional”

CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 34003435/2013/CA2 (7718), C.:

IMPUTADO: RODRÍGUEZ, PEDRO SEBASTIÁN Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

, del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR