Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 18 de Febrero de 2021, expediente FSA 000207/2019/CA001

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 207/2019/CA1

Salta, 19 de febrero de 2021.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 207/2019/CA1

caratulada “Q.V., A.M. s/ resistencia o desobediencia a funcionario público”, originaria del Juzgado Federal de Tartagal, y:

RESULTANDO:

1) Que se elevan estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 130/131 y vta. por el Defensor Oficial de A.M.Q.V. en contra del auto del 18/6/20 por el que fue procesada por el delito de resistencia a la autoridad previsto en el art. 239 del C.P. (cfr. fs. 121/123 y vta.).

Sostiene que no se configuró el delito endilgado a su pupila en razón de que no existió fuerza o intimidación dirigida a impedir o trabar una orden emanada de un funcionario público.

Indica que no se acreditó el “fuerte forcejeo”

en el que se basa la resolución impugnada, considerando que los hechos que motivan la causa fueron producto de un “desafortunado malentendido”.

Señala que, más allá de que los hechos no se encuentran comprobados, aun si se tomase como cierta la versión expuesta por la agente aduanera denunciante, éstos carecerían de la gravedad suficiente para atribuir a Q.V. el injusto contemplado en el art. 239 del C.P., mencionando dos precedentes en los que el instructor sobreseyó a imputados ante similares presupuestos fácticos.

Ante esta Alzada, el Defensor Público solicita que se tenga por fundado el recurso con los argumentos vertidos por su par de la instancia anterior. Agrega que la lesión al bien jurídico protegido por la norma penal debe superar un grado mínimo de relevancia que habilite la imposición de una pena, lo que en el caso no ocurriría.

Fecha de firma: 18/02/2021

Alta en sistema: 19/02/2021

Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA 1

Firmado por: M.G.D., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

FSA 207/2019/CA1

2) Que el F. General considera que la imputada asumió una actitud negativa y de agresión hacia los funcionarios intervinientes, resistiéndose al control aduanero con el fin de eludirlo.

Expresa que el delito investigado se consuma con el mero entorpecimiento de la ejecución del acto que emana de un funcionario del Estado, sin que sea necesario impedirlo en su totalidad.

Menciona que la acusada conocía con claridad la naturaleza y alcance del control fronterizo al que se encontraba sometida en virtud de los numerosos movimientos migratorios de entrada y salida del país que registra, por lo que intentó

evitar el control desacatando la orden impartida por la funcionaria agredida y resistiéndose a ser controlada “burlando el accionar de las fuerzas de seguridad”.

3) Que esta causa se inició el 25/1/19 con la denuncia efectuada por la agente aduanera M.M.V. ante el Escuadrón 61 “S.M.” de la Gendarmería Nacional,

oportunidad en la que expuso que en circunstancias que se encontraba realizando tareas de control de tránsito vecinal fronterizo divisó a una ciudadana que transportaba mercadería de origen extranjero en infracción al régimen de tráfico, informándole que no podía ingresar al país con esas pertenencias, por lo que dicha mujer se retiró del lugar. Agregó que minutos más tarde la misma persona intentó pasar nuevamente el control aduanero, siendo inspeccionada y detectándose la mercadería previamente rechazada oculta debajo de un cargamento de pañales.

Ante tal situación, la agente V. descargó

los bultos en infracción para realizar las actuaciones correspondientes,

relatando que “esa acción fue interrumpida de manera agresiva,

produciéndose un fuerte forcejeo por parte de una ciudadana que apareció de imprevisto la cual aparentemente quería huir con la misma”, por lo que...

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