Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 12 de Noviembre de 2018, expediente FMP 017742/2016/CA001

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA FMP 17742/2016/CA1 del Plata, 12 de noviembre de 2018.-

Y VISTO:

La presente causa caratulada “Q., P.;H., H. y H., L. Y. s/

OBTENCIÓN FRAUDULENTA DE BENEFICIOS FISCALES”, expediente FMP 17742/2016, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Dolores, Secretaría en lo Penal:

Y CONSIDERANDO:

  1. Que viene la presente a estudio de este Tribunal en virtud del recurso de apelación obrante a fs. 202/207, interpuesto por la Sra. Fiscal a cargo de la Fiscalía Federal Nº 1, Dra. L.M., contra el resolutorio de fecha 10/07/2018, obrante a fs. 199/200vta., en virtud del cual el Sr. Juez de primera instancia, dispuso la falta de mérito para procesar o sobreseer a la sindicada P.A. Q..

    En primer término, luego de describir los antecedentes de la causa, y de hacer referencia a la prueba colectada en autos ─entre la cual destaca los cuerpos administrativos acompañados por el Fisco─ se agravia la representante de la Vindicta Pública por cuanto entiende que el a quo dispuso la falta de mérito sin abocarse a los elementos existentes en autos, considerando que la resolución recurrida carece de fundamentos y por ende resulta arbitraria, con fundamento en que dicha resolución se basó en la falta de mérito dispuesta respecto de la encausada en la causa FMP 393/2015, conexa a la presente, lo expresado por esta Alzada en el incidente 14.624/2015 y la falta de una pericial contable.

    Dice que asimilar un caso al otro sin siquiera fundamentar en qué se sustenta para ello, resulta improcedente sino que además denota una arbitrariedad manifiesta.

    Entiende que existen elementos probatorios que dan cuenta de la comisión del hechos y de la participación de los imputados en el mismo y que la pericial, en un caso como el de autos, resulta improcedente. Fundamenta su postura con cita doctrinaria.

    Fecha de firma: 12/11/2018 Alta en sistema: 15/11/2018 Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.O.J., SECRETARIO DE CAMARA #28718594#220697211#20181114110618048 Radicadas las actuaciones ante esta Alzada, a fs. 213/214 se presenta el Sr. Fiscal General Federal, Dr. D.E.A. y fundamenta el recurso interpuesto por la Fiscal de Primera Instancia. Finalmente, efectúa reserva de acudir en casación y del caso federal.

    Que a fs. 216/220 luce agregada la réplica formulada por la defensa de la encartada, solicitando se confirme el auto apelado.

    Por último a fs. 221 quedan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR