Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 20 de Marzo de 2015, expediente FCB 006161/2014/CS001

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2015
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A Córdoba, 20 de marzo de 2015.

Y VISTOS:

Estos autos: “P.R., H.A. S/ HURTO”

(Expte.:FCB 6161/2014) venidos a conocimiento de la Sala “A”

del Tribunal en virtud del conflicto de competencia negativa suscitado entre el Juzgado Federal de La Rioja y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Y CONSIDERANDO:

  1. La Sala debe resolver el conflicto de competencia negativa suscitado entre el Juzgado Federal de La Rioja y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    En esta Instancia, el señor F. General de Cámara contestó la vista que le fuere corrida a fs. 87/88.

  2. Las presentes actuaciones se originan con fecha 28.04.14 en oportunidad que personal de Gendarmería Nacional perteneciente al Escuadrón 58 de La Rioja, efectuando control sobre la Ruta Nacional N° 38, Km 391, Paraje “Talamuyuna”, procedió al secuestro del semirremolque marca “Salto”, modelo SRBV año 2008, Dominio colocado “HHP 547”, Chasis N°

    8B9G1463S80002082, en poder de H.A.P.R., DNI: 35.188.817.

    El rodado en cuestión, cuyo titular es B.C.O., DNI: 7.935.202, tenía pedido de secuestro activo desde 17.10.2012 conforme surge de la “Agregación antecedentes recepcionados del dominio HH-547” obrante a fs.

    12 por intervención de la Comisaría Nro. 18, por lo que el mismo quedó alojado en el Depósito Judicial perteneciente a la Unidad y a disposición del Juzgado Federal de La Rioja.

    Radicadas las presentes actuaciones ante dicho tribunal, el propietario del rodado secuestrado, B.C.O. presentó documentación acreditando: ser su titular (fs.

    20/23), que con fecha 16.10.2012 un empleado suyo de apellido P.R. había efectuado denuncia por robo a mano armada del vehiculo en cuestión en la Comisaría N° 18 (fs.

    24) y que con fecha 18.10.2012 el Juzgado Federal de Quilmes, tramitando la causa N.. 858/4 le hizo entrega del semirremolque y lo designó depositario judicial del mismo (fs. 25) y solicitó pedido de restitución del rodado.

    Fecha de firma: 20/03/2015 Firmado por: E.Á., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: G.S.M., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: I.M.V.F., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: MARIO R. OLMEDO, Secretario de Cámara Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A Previo a resolver, el Juez Federal de La Rioja, requirió

    informe al Juzgado Federal de Quilmes a los fines de que informe acerca de si el pedido de secuestro del semirremolque marca “Salto”, modelo SRBV año 2008, Dominio “HHP 547”, Chasis N° 8B9G1463S80002082 seguía vigente y si el mismo había sido entregado en Depósito Judicial al señor B.C.O. en el marco de la causa 858/4.

    Luego, con fecha 16.04.14, fue recepcionado por fax el Oficio del Juzgado Federal de Quilmes, en el que éste hizo saber textualmente que: “cualquier consulta relacionada con el semirremolque marca SALTO, modelo 2008, dominio HHP-547, Chasis N°...

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