Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 29 de Septiembre de 2016, expediente FRE 014000017/2013/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil dieciséis.

VISTO

:

El presente expediente Nº FRE 14000017/2013/CA1, caratulado:

PINTOS, L. Soledad s/ Infracción Ley 23.737 (art.5 inc. C)

que en

grado de apelación proviene del Juzgado Federal Nº 1 de Resistencia, del cual;

RESULTA

:

  1. Que por auto interlocutorio de fs. 155/157, de fecha 13 del mes

    de abril del corriente año, la Jueza de Grado resuelve: “I. DICTAR AUTO DE

    PROCESAMIENTO con prisión preventiva respecto de L.

    … por hallarla “prima facie” responsable del delito de Transporte de Estupefacientes,

    previsto y reprimido por el art. 5º inc. c) de la Ley 23.737, en calidad de autora…; II.

    OFICIAL Mantener el beneficio excarcelatorio dispuesto en el incidente 17/13/2 caratulado “DRES.

    M. A. Y C. I. MAZA S/ SOLICITA EXCARCELACION EN

    FAVOR DE L.…” (sic)

    Que contra dicha resolución, a fs. 159/160, el Defensor Público

    USO Oficial –Dr. G. J. M.– interpone recurso de apelación agraviándose de los

    fundamentos vertidos por la Juzgadora al atribuirle responsabilidad penal a su asistida en

    base a la hipótesis prevencional inicial. En tal sentido alega la falta de referencias concretas

    sobre el accionar de su defendida para responsabilizarla del delito que se le imputa.

    Concluye al solicitar se encuadre, en forma subsidiaria, la conducta

    de su defendida acorde al art.14 de la ley 23.737.

  2. Concedido el recurso a fs. 161, se radican las actuaciones en la

    Alzada y se notifica a las partes. A fs. 169 el Sr. Fiscal General – Dr. F.

    hace saber que no adhiere al recurso interpuesto por la Defensa Pública Oficial.

  3. Que a fs. 172/175 el recurrente presenta el respectivo memorial

    sustitutivo de la audiencia prevista en el at. 454 del C.P.P.N. y, en lo sustancial de sus

    argumentos, mantiene los agravios promovidos al momento de la apelación. Cita al

    respecto doctrina y solicita se revoque la resolución dictándose Auto de Falta de mérito, y

    en forma subsidiaria, pide se califique la conducta de L. Pintos en las previsiones del

    Fecha de firma: 29/09/2016 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #28019887#163014676#20160929120623320 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 1er. Párrafo de la ley de estupefacientes, esto es “tenencia simple de estupefacientes”;

    quedan así estos autos en condiciones de ser resueltos y,

    CONSIDERANDO:

    I. Que las actuaciones prevencionales de fs. 23/26 dan cuenta que

    personal policial del departamento de Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia del

    Chaco, en oportunidad de realizar controles de prevención de infracciones a la ley 23.737

    en el Barrio Güiraldes de esta...

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