Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 8 de Abril de 2019, expediente FTU 034867/2018/CA001

Fecha de Resolución 8 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

34867/2018 IMPUTADO: PEREZ, NAHUEL NICOLAS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2019.

AUTOS Y VISTO: El recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fs.34/37; y CONSIDERANDO:

Que la defensa de N.N.P. deduce recurso de apelación contra la sentencia de fecha 23 de agosto de 2018, por medio de la cual se dispone su procesamiento sin prisión preventiva por el delito previsto y penado por el art. 14 primera parte de la ley 23737(tenencia de estupefacientes) y embargo sobre sus bienes-

El recurso es articulado a fs. 39 y presenta informe de agravios a fs. 54/56-

Notificado el Ministerio Público Fiscal en esta instancia, manifiesta que no va a adherir al recurso (fs. 51/52).

Se analizarán seguidamente los agravios de la defensa.

Relata que su asistido es adicto a los estupefacientes hace más de 5 años.

Que el día 8 de agosto de 2018 fue detenido y le secuestraron 11 envoltorios con picadura de marihuana, los cuales había adquirido para su consumo personal.

Que asimismo manifestó que quiere recuperarse sobre todo porque tiene una hija de 3 años.

Fecha de firma: 10/04/2019 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #32355644#230932001#20190403101030323 34867/2018 IMPUTADO: PEREZ, NAHUEL NICOLAS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Se agravia en que a pesar que su defendido llevaba la sustancia resguardada en su mochila y de la escasa cantidad (11 envoltorios y un cigarrillo de armado casero), el J. lo procesó

por tenencia simple de estupefacientes (art. 14 primera parte de la ley 23737).

Afirma que se trata de una cantidad claramente destinada a consumo personal (22,89 grs de marihuana) y el secuestro se encontraba dentro de ámbito privado, sin haber puesto en peligro el bien jurídico protegido.

En el contexto descripto plantea que la conducta de su defendido no reúne los requisitos de tipicidad para que encuadre en la figura endilgada por el Juez A-quo (tenencia simple de estupefacientes, art. 14 primera parte de la ley 23737), por el contrario corresponde encuadrar la conducta en el tipo penal previsto en el segundo párrafo del art. 14 de la ley 23737, ya que la escasa cantidad de sustancia secuestrada (22,89 grs de marihuana)

y los dichos de su asistido en cuanto es consumidor desde hace 5 años y que expresó su voluntad de recuperarse de la adicción, son indicios suficientes para arribar a dicha conclusión.

Sostiene que no existen en autos pruebas que permitan endilgarle la tenencia simple de estupefacientes, como lo entendió

el Juez a-quo.

Fecha de firma: 10/04/2019 Firmado por: DR. R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. M.C., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: DR. H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: DRA. L.E.I., SECRETARIA PENAL DE CAMARA #32355644#230932001#20190403101030323 34867/2018 IMPUTADO: PEREZ, NAHUEL NICOLAS s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.14)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Concluye que su asistido es un simple consumidor, no existen otras pruebas en autos que resulten suficientes para considerar otro uso de los estupefacientes secuestrado.

Solicita aplicación del precedente A., declarando la inconstitucionalidad del art. 14, segundo párrafo, de la ley 23737 y en consecuencia el sobreseimiento de su defendido.

F. reserva del caso federal y solicita se revoque el fallo apelado procediendo al correcto encuadre legal de la conducta de su asistido y en consecuencia se dicte su sobreseimiento, de acuerdo al precedente A..

La presente causa se inicia con el acta de procedimiento obrante a fs. 1, de la cual surge que, el día 08 de Agosto de 2018 siendo hs. 19:30, aproximadamente, mientras personal policial realizaba recorridas de prevención, observaron en el interior de la plaza Y., (frente a los Tribunales provinciales),a 2 masculinos jóvenes que...

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