Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 20 de Mayo de 2022, expediente FLP 043860/2019/CA004

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

FLP 43860/2019/CA4

La Plata, 20 de mayo de 2022.

VISTO: Este expediente 43860/2019, caratulado “P J M y otros/ infracción a la ley 23737”, procedente del Juzgado Federal de Junín.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de J N A contra la decisión del juez de fecha 13 de octubre de 2021, que lo procesó sin prisión preventiva por el delito previsto por el artículo 5, incisos “a” y “c” de la ley 23737, que se refieren a la guarda de semillas para producir estupefacientes y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y trabó embargo sobre sus bienes por la suma de quinientos mil pesos ($

    500.000).

  2. La causa tiene su origen a raíz de la declaración testimonial de fecha 15 de junio de 2019,

    prestada por el Subcomisario R L A T del Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen organizado de T.L., ubicada en la ciudad de Pehuajó.

    En esa oportunidad, el funcionario manifestó

    que tomó conocimiento de información confidencial, que un sujeto apodado “c” de apellido P comercializaba estupefacientes y que resultaba ser un comisionista que viajaba de forma semanal a la Capital Federal,

    donde obtendría la sustancia ilícita y luego la comercializaría en la localidad de Tres Algarrobos,

    partido de C.T. y ciudades vecinas.

    Dado el contenido de la declaración, se iniciaron actuaciones judiciales donde el juez federal de Junín, corrió vista al Fiscal delegando en él la dirección de la investigación.

    La Fiscal interviniente ordenó la realización de tareas investigativas a los fines de acreditar los extremos denunciados más arriba.

    Con ellas se pudo determinar que J M P sería comisionista y que en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se abastecía de sustancias estupefacientes.

    Fecha de firma: 20/05/2022

    Alta en sistema: 23/05/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Respecto de L L P (hermano del primero), se indicó que sería distribuidor de estupefacientes y que, a su vez,

    una persona llamada J N A los vendería.

    Los funcionarios policiales intervinientes informaron que en el domicilio de A y de J M P se detectaron movimientos compatibles con el comercio de estupefacientes, lugares a donde concurrían una cantidad considerable de personas, por cortos de periodos de tiempo y donde se advirtieron intercambios conocidos como “pasamanos” (fs. 47/48).

  3. Por esta razón, el juez ordenó la intervención de las líneas telefónicas pertenecientes a J M P y A.

    Con el contenido de las conversaciones obtenidas en dicha tarea se determinó que P y A

    trabajaban como comisionistas realizando viajes al AMBA, donde también adquirían estupefacientes para ser comercializados en Tres Algarrobos.

    A continuación, se transcriben diferentes conversaciones de los imputados que podrían vincularse al tráfico de drogas, tales como:

    1. Inicio: 8/10/2019

      Intervinientes: P J M Y J A:

      P: Bueno, cobraste no?

      A: Eeee no, no no, que voy a cobrar si estoy laburando a pleno, escuchame P: Lo del otro día tampoco?

      A: Lo de que?, na eso si ya lo tengo ubicado hola...

      P: ah listo listo espectacular..., bueno, porque el M. va a necesitar unos mangos para arrimarle al M.A. b) Inicio: 20/09/2019

      Intervinientes: J A y NN sin identificar NN: Hola A: Ehh groso !!

      A: Que haces, todo bien...?

      NN: Tas acá en Cuenca..?

      A: Si...

      Fecha de firma: 20/05/2022

      Alta en sistema: 23/05/2022

      Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

      Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

      Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

      FLP 43860/2019/CA4

      NN: Y no hay nada..?

      A: Si, si si...

      NN: Estas en tu casa..? '

      A: Eeh, si, si si, estoY acá...

      NN: Tenés algo ahí..?

      A: Si una...

      NN: (no se entiende) me voy a jugar al sapo ahí al espor, paso' lo minimo A: Bueno, listo dale...

      NN: Tengo lo mínimo nada más, paso por atrás o estas...

      A: No estamos acá con el "coya"...

      NN: En la pieza de adelnate...?

      A: Claro...

      NN: Listo...., ahi voy.

      A: Listo.

    2. Inicio: 21/12/2019

      Intervinientes: J A y D H

      H: Hoia...

      A: Eeh groso..-

      A: Quo haces lodo bien..?

      H: C. hay algo..?

      A: Algo me, algo queda..

      A: Pasa por acá s¡ queres..? '

      H: Bueno Ahora en un rato...

    3. Inicio: 10/11/2019

      Intervinientes: A y P J M

      P: C., todo bien… Nos podemos juntar para arreglar?

      A: Y., yo estoy acá en mi casa, no hice nada lo tengo acá.

      P: A la mierda…

      A: Hola P: Hola Hola…

      A: Lo tengo aca todavía a eso …

      P: Pero el chabon a que hora viene?

      A: No, me quedo en avisar… le escribi recién y no me respondió todavía igual yo lo tengo todo acá…

      P: Bueno, listo, ni la abras ehh.. dejala así

      Fecha de firma: 20/05/2022

      Alta en sistema: 23/05/2022

      Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

      Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

      A: No, no, no A: Ahí tire otros mensajes, haber a otros por las dudas P: Buenos dale listo, listo, nos hablamos en un rato…

      nos juntamos a arreglar las dos L esas….

      A: Listo, listo.

  4. Por otro lado, de las investigaciones realizadas surgió la realización de un viaje por parte de P a CABA el día 19 de mayo de 2020 en su actividad como comisionista, del que retornaría el día 21 ó 22

    de mayo.

    Anoticiada la fiscal de dicho viaje, solicitó

    la orden de requisa personal de P para realizarse en el momento en que retornaba y el allanamiento de sus domicilios y el de A. Con fecha 21 de mayo de 2020, el juez de Junín ordenó las medidas solicitadas por la fiscal.

    En consecuencia, con fecha 23 de mayo de 2020

    en el puesto Sanitario sito en el Acceso Principal Hermanos Inocencio de la localidad de Tres Algarrobos,

    partido de C.T., se detuvo al automóvil Kangoo dominio XXX ocupado por P junto a su hijo H P

    de XX años de edad.

    Dentro del vehículo se secuestraron 831,9

    gramos de flores de marihuana, 75,6 gramos de marihuana, un revolver calibre 22 y 5.9 gramos de cocaína en poder de P, celulares, dinero, entre otros elementos. Razón por la que fueron detenidos los dos masculinos. Con fecha 10 de junio de 2020, J M P fue procesado sin prisión preventiva por el delito descripto en el artículo 5 de la Ley 23.737.

    Seguidamente se allanó el domicilio perteneciente a P, donde se encontraban su pareja y sus hijos. Allí se secuestraron armas, dinero en efectivo, relojes y un automóvil.

  5. Ese mismo día también se procedió al allanamiento del domicilio ubicado en la calle B entre F A y M T. de A, de T A, partido de C.T.,

    Fecha de firma: 20/05/2022

    Alta en sistema: 23/05/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

    FLP 43860/2019/CA4

    donde residía N J A, que, según las primeras investigaciones...

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