Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 16 de Abril de 2019, expediente FSA 052001249/2009/CA001

Fecha de Resolución16 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I Salta, 16 de abril de 2019.

AUTOS Y VISTA:

Esta causa n° FSA 520001249/2009/CA1 caratulada “O., F.O.; P.R., H.E.; N., D. delV. s/ tentativa de contrabando, art. 871 –

Código Aduanero”, originaria del Juzgado Federal de Orán.

RESULTANDO:

  1. a) Que se elevan estas actuaciones en virtud de los recursos de apelación interpuestos por el Fiscal Federal de Orán a fs. 303/306 en contra del decreto de fs. 300 por el que se entregó una camioneta secuestrada en la causa a su titular M.G.R., y a fs. 395/398 en contra de la resolución de fs.

    382/390 mediante la que se sobreseyó a J.M.A., I.R., F.O. y L.R. por el delito de tentativa de contrabando de exportación de mercaderías.

  2. b) Que en su recurso de fs. 303/306 la Fiscalía sostiene que la decisión de entregar el vehículo a su titular resultó prematura por cuanto no se determinó por qué razón los imputados D. delV.N. y H.E.P.R. la tenían en su poder en la localidad de Salvador Mazza al momento del procedimiento, siendo que es de propiedad de M.G.R..

    Al respecto, indica que resta receptar el testimonio de este último, como las declaraciones indagatorias de los Fecha de firma: 16/04/2019 Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado por: M.I.C. Firmado por: L.R.R.B. Firmado(ante mi) por: M.V.C.O. #32718213#232115901#20190416090848393 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I imputados mencionados, que fueron declaradas nulas a fs. 175/177; por lo que solicita que se revoque la providencia por la que se devolvió el vehículo a su titular.

  3. c) Que en su presentación de fs. 395/398 la Fiscalía se opone al sobreseimiento de los imputados por la aplicación retroactiva de la ley 27.430, al entender que el aumento de los montos dispuestos por aquella constituye una mera actualización para compensar la depreciación monetaria.

    En esta instancia, el F. General S. ratifica el recurso presentado por el fiscal de grado pero concluye que debe confirmarse la resolución por cuanto no existen elementos de prueba que permitan tener por acreditada la responsabilidad de los imputados en el delito de tentativa de contrabando de exportación de mercaderías (cfr. fs. 452/457).

  4. A) Que la Defensa Oficial de F.O. comparte la decisión del instructor, y sostiene que debe aplicarse la doctrina sentada por esta Alzada en el precedente “Luna”

    en el que se convalidó la aplicación retroactiva de la ley en lo atinente a la modificación del monto objetivo de punibilidad...

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