Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1, 14 de Junio de 2018, expediente FRE 013000160/2005/CFC001
Fecha de Resolución | 14 de Junio de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1 |
Cámara Federal de Casación Penal REG. 484/18 Buenos Aires, 14 de junio de 2018.
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
-
Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Cámara Federal de Casación Penal en virtud del recurso de casación interpuesto por la parte querellante (A.F.I.P.-D.G.I.), contra el pronunciamiento dictado por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, por el que se había resuelto confirmar el auto interlocutorio de fecha 4 de junio de 2014 por el que el Juzgado Federal nº 1 de Resistencia decidió –en lo aquí
pertinente- sobreseer parcialmente a R.M. en orden los delitos previstos y reprimidos por los artículos 1, 2, inciso “a)”, y 6 de la ley 24.769 (evasión simple, en el I.V.A. -períodos 2001 por $146.896,62 y 2004 por $
201.019,36-, evasión agravada en el impuesto a las ganancias -período 2003 por $ 1.665.259,25- y apropiación indebida de tributos -período enero 2002 por $32.024,02-), como así también sobreseer parcialmente a A.E.G. en orden los delitos previstos y reprimidos por los artículos 1, 2, inciso “a)”, y 6 de la ley 24.769 (evasión simple, en el I.V.A. -período 2001 por $146.896,62-, evasión agravada en el impuesto a las ganancias -período 2003 por $ 1.665.259,25- y apropiación indebida de tributos -período enero 2002 por $32.024,02-).
Asimismo, la cámara a quo desestimó la requisitoria fiscal sólo con respecto al hecho tipificado como fraude en perjuicio de la administración pública –art. 174, inc.
5)
, del C.P.- en relación a los periodos abril, mayo, noviembre y diciembre de 2001 y marzo y abril de 2002, por un monto total de $ 20.068,91 en relación a los nombrados por no constituir delito –art. 195 del C.P.P.N.-.
Fecha de firma: 14/06/2018 1 Firmado por: A.M.F., JUEZA DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL Firmado por: G.M.H., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado por: C.A.M., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado(ante mi) por: W.D.M., SECRETARIO DE CAMARA #19766469#209116212#20180614144416063
-
Conforme surge de la compulsa de esta causa, esta S. resolvió con fecha 06/07/2017 suspender el trámite del recurso de casación a fin de que el tribunal de origen analice la vigencia de la acción penal seguida a R.M. y A.E.G. por los delitos antes señalados.
Con fecha 23/10/2017 la señora jueza titular del Juzgado Federal de Resistencia resolvió sobreseer total y definitivamente a R.M. por los delitos de apropiación indebida de tributos –período enero de 2002 $32.024,02-, evasión simple en el impuesto al valor agregado...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba