Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 8 de Septiembre de 2017, expediente FSA 004519/2016/CA001

Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 4519/2016/CA1 Salta, 8 de septiembre de 2017.

AUTOS Y VISTA:

Esta causa N° FSA 4519/2016/CA1 caratulada “M.C., Reina s/Infracción Ley 19.359”, originaria del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán; RESULTANDO:

1) Que vienen estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial de R.M.C. en contra de la resolución de fs. 79/83 y vta. mediante la cual se ordenó su procesamiento, sin prisión preventiva, como autora del delito de tentativa de contrabando de importación de mercadería –divisas– (arts. 863, 864 inc. d y 871 de la ley 22.415); ordenándose trabar embargo sobre sus bienes por la suma de cincuenta mil pesos ($50.000).

En su presentación de fs. 107/110, la defensa manifiesta que la conducta de M.C. no resulta configurativa del delito atribuido, ya que al momento de ser identificada por personal de la Gendarmería Nacional, éste no le informó que debía declarar la suma de dinero que llevaba.

Considera arbitraria la valoración de la prueba que efectuó el Instructor, sosteniendo que basó sus conclusiones en los hechos relatados por la preventora, sin considerar Fecha de firma: 08/09/2017 Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado por: G.E. Firmado(ante mi) por: M.I.D.S. #28210416#187907020#20170908103734936 la versión exculpatoria de su defendida quien negó haber ocultado el dinero en su ropa interior intentando burlar el control fiscal.

Señala que su asistida aportó documentación que permite justificar el origen del dinero incautado.

Finaliza solicitando el sobreseimiento de Mollo Campos y la devolución del dinero incautado.

Por su parte, el Defensor Oficial ante esta instancia, pide se tenga por fundado el recurso de apelación con los argumentos esgrimidos por su par de la instancia anterior y que se revoque el auto cuestionado, haciéndose lugar a lo requerido (fs. 116).

2) Que el F. General S. en su presentación de fojas 119/122 solicita que se rechace el recurso interpuesto y se confirme la resolución de grado, por considerar que existen elementos de convicción suficientes para imputarle a M.C. el delito de tentativa de contrabando de importación de divisas al haberse comprobado su intento de evadir el control aduanero, procurando ingresar al país por un paso no habilitado y sin declarar las sumas de $ 34.400 y US$ 16.600.

Expresa que al ser el dinero mercadería que puede ser importada o exportada, el servicio aduanero puede ser dificultado en su control y dicha conducta si se perfecciona el ilícito puede configurar el delito de contrabando previsto y penado en los arts. 863 y 864 del Código Aduanero.

Fecha de firma: 08/09/2017 Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado por: G.E. Firmado(ante mi) por: M.I.D.S. #28210416#187907020#20170908103734936 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 4519/2016/CA1 3) Que esta causa se inició el 1/4/16, cuando personal perteneciente al destacamento de la Gendarmería Nacional, dependiente del Escuadrón 20 “Orán”, en el marco del “Operativo Fronteras”, realizaba un patrullaje a pie por el sector de la costa ribereña fronteriza con Bolivia denominado “Los Gomones” de la localidad de Aguas Blancas, departamento de Orán, oportunidad en la que observaron a dos personas de sexo femenino con intenciones de ingresar al país evadiendo el control por dicho paso de frontera no habilitado, por lo que fueron interceptadas, identificándolas como E.M.C. y R.M.C.. Al ser interrogada esta última sobre lo que portaba en su cartera, “manifestó que transportaba dinero de moneda extranjera y nacional, lo que motivó

que se le solicite que exhiba el contenido de la misma, constatándose a simple vista lo mencionado”. Una vez trasladada a la oficina de la preventora junto a los testigos de actuación que fueron convocados y al ser requisada se...

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