Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 23 de Octubre de 2020, expediente FSA 024000149/2012

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación «descripcionJuzgado»

FSA 24000149/2012/CA1

ta, 23 de octubre de 2020.-

AUTOS Y VISTO:

Este expediente N° FSA 24000149/2012/CA1,

caratulado “Mercado, C.F. y otros s/ homicidio agravado con ensañamiento y alevosía- Víctima: S.J.R.

proveniente del Juzgado Federal Nro. 2 de Salta y RESULTANDO:

  1. - Que se elevan los autos de referencia a esta A. en virtud del recurso de apelación interpuesto el 03/04/2019 por el Ministerio Público F. (fs. 1135/1138 y vta.) contra la resolución de fecha 26/03/2019 por la que se dispuso aplicar la falta de mérito en favor de los imputados J.J.T., H.R.S.,

    C.F.M., R.E.R., V.A.G. y C.I.C. por los delitos de privación ilegítima de la libertad doblemente agravada por haberse cometido con violencia o amenazas y por su duración en más de un mes (art.

    141 y 142 inc. 1° y 5° del Código Penal vigente al momento de los hechos), incomunicación indebida (art. 143 inc. 2°), privación ilegal de la libertad (art. 144 bis inc. 1°) –todos en concurso ideal- y homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con ensañamiento y alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas (art. 80 inc. 2° y 6° del mismo cuerpo normativo) en perjuicio de J.R.S. (art. 308, 309 y 312 del Código Procesal Penal de la Nación).

  2. -Que, en forma preliminar, cabe señalar que las presentes actuaciones se originaron a partir del Expte. N° 477/07,

    caratulado “M., C.A.; R.E., H.L. s/

    Privación Ilegítima de la Libertad y Homicidio agravado en perjuicio de J.R.S.” (“S.I.), de registro del Juzgado Federal N° 2 de Salta en cuyo marco se dispuso, con carácter previo a la elevación a juicio, la formación de un nuevo expediente (“S.I.”) a fin de continuar con la instrucción para Fecha de firma: 23/10/2020

    Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

    profundizar la investigación respecto de la actuación del personal de la comisaría de Tartagal y demás eventuales responsables.

    Que en el debate desarrollado en el marco de la mega causa “Fronda y acumuladas” (Expte. N° 3135/09) ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta, los imputados C.A.M. y H.L.R.E. fueron condenados –entre otros-

    por el hecho aquí investigado en calidad de autores mediatos.

  3. -Que sentado ello, cabe referir que las presentes actuaciones se iniciaron con la copia de la denuncia radicada el 12/09/2006 (fs. 01/03) por I.Y.P. en la que puso en conocimiento de la F.ía Federal de Salta el secuestro y posterior homicidio de su esposo, J.R.S..

    En esa presentación expuso que en el año 1976 residía en la localidad de General M. junto a su marido, sus cuatro hijos menores de edad y su madre. Refirió que su esposo era secretario de la Juventud Peronista (línea R. – C., que trabajó en YPF hasta el 30 de julio de 1976 y que antes del gobierno militar se desempeñó como gremialista.

    Manifestó que el día 9 de agosto de 1976 su marido fue a buscarla en su vehículo al paraje “Pueblo Nuevo”, situado en las proximidades de la localidad de V. y que cuando regresaron a M., en lugar de ingresar a su domicilio, siguieron a un automóvil y dieron un par de vueltas a la plaza.

    Expresó que al preguntarle a su esposo el motivo de ese comportamiento, éste le contestó en forma evasiva, como queriendo despreocuparla de algo que evidentemente a él le pareció

    anormal.

    Relató que estando ya en su casa, alrededor de las 2:00 de la madrugada del día 10, golpearon fuertemente la puerta,

    por lo que salieron a atender preguntando qué pasaba, respondiendo los visitantes que abran, que se trataba de la Policía y que estaban realizando requisas.

    Fecha de firma: 23/10/2020

    Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación «descripcionJuzgado»

    FSA 24000149/2012/CA1

    Contó que al abrir la puerta ingresaron cinco sujetos encapuchados que usaban botas, no pudiendo precisar cómo estaban vestidos, pero sí que con posterioridad dos de ellos se sacaron las capuchas, identificando a uno como un subteniente del Ejército que prestaba funciones en Tartagal y que hacía poco tiempo estaba en la zona.

    Retomando el relato de lo acontecido aquella noche,

    comentó que cuando abrió la puerta uno de los encapuchados le pegó

    una cachetada y la semi desmayó; que al recuperar la conciencia vio cómo uno de los individuos golpeaba a su marido con la culata de un arma en la nariz, mientras su hija les reclamaba que no matasen a su papá y su hijo asustadísimo se escondía bajo la mesa.

    Refirió que su esposo se opuso ferozmente a ser llevado y que ella también se trenzó en ardua lucha y como consecuencia de la pelea, quedó desnuda. Añadió que luego de aproximadamente dos horas de riña, su cónyuge fue introducido por la fuerza a un automóvil color “clarito”, escapando hacia la ruta que lleva a Tartagal.

    Sostuvo que dicho automóvil pasó ante la enfermería de YPF que estaba situada frente a la plaza principal, lo que sabía porque D.M. -cuñado de su hermano- pudo ver que allí

    lo golpearon nuevamente, pues aparentemente había reaccionado y que luego de inmovilizarlo, lo introdujeron en el baúl del rodado.

    Indicó que apenas pudo recuperarse se puso en contacto con sus cuñados -A. y E.S.- y emprendieron la búsqueda de su marido por la zona.

    Mencionó que posteriormente se dirigió a la comisaría a pedir que le presten armas para salvar a su marido y que un policía la acompañó hasta el lugar donde se habían encontrado los cuerpos de “Menena” M. y del Dr. U., situado sobre la Ruta Nacional N° 34.

    Añadió que al no encontrar a su esposo regresaron a la comisaría, donde se anoticiaron que habían hallado el cadáver de Fecha de firma: 23/10/2020

    Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

    su marido; que fue descubierto por una comisión de la “Palúdica” en la zona camino a Acambuco y que estaba destruido por el efecto de explosivos.

    Sostuvo que le entregaron el cuerpo sin hacerle ninguna pregunta, ni constatar siquiera que ella era su esposa,

    asegurando que en el velatorio se enteró que los vecinos de la zona aquella noche habían escuchado detonaciones y, previamente, ruidos de automóviles que pasaron por allí.

    Refirió que uno de los elementos por los que pudo reconocerlo, aparte de la ropa y de un trozo de cabello, fue que su nombre figuraba en los zapatos, porque días antes del hecho los había retirado de la zapatería.

    Explicó que trabajaba de cajera en la proveeduría de YPF y que personal del Ejército concurría allí habitualmente a realizar compras; que en su lugar de trabajo había visto anteriormente al subteniente que participó en el secuestro de su marido, a quien describió como una persona de tez blanca, alto,

    delgado, de cabello castaño, destacando que era pariente de su compañero de trabajo E.M., alias “Q..

    Mencionó que con posterioridad supo que los secuestradores, antes de ir por su casa, habían pasado por la comisaría, por lo que consideró que no podía confiar en esa fuerza.

    Asimismo, recordó a un policía de apellido G.,

    que el jefe del Ejército en Tartagal era R.E. y que una de las personas que participó en los hechos denunciados había perdido una mano manipulando granadas.

    Al recordar lo sucedido, afirmó que el subteniente que secuestró a su marido usaba bigotes, lo que podía asegurar porque le quedó un trauma y cada vez que veía a un sujeto de esas características pensaba que la iban a secuestrar.

    Declaró que encontró afuera de su casa, en el lugar donde su marido luchó, un cartucho de Itaka, un reloj grande ostentoso y una boleadora de tamaño pequeño, elementos estos que Fecha de firma: 23/10/2020

    Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación «descripcionJuzgado»

    FSA 24000149/2012/CA1

    junto a un jarrón que uno de los secuestradores tuvo en sus manos,

    entregó a la Policía para que extrajeran las huellas dactilares, lo que nunca ocurrió o por lo menos ella no se enteró.

    Recordó que años después se encontró en la peatonal A. de la Ciudad de Salta cerca de un local de “Bonafide”,

    mientras iba caminando, con una amiga llamada “B.J., con uno de los secuestradores de su marido, que incluso lo saludó y le dio un abrazo y un beso, preguntándole en esa ocasión a donde lo habían trasladado y éste le manifestó que a la Provincia de C..

    En cuanto a los vecinos que podrían haber visto u oído lo acontecido el día que secuestraron a su marido, expresó que los F. y los Plaza habían fallecido, pero que creía que los integrantes de la familia C. estaban vivos y podrían dar su versión de los hechos.

    Finalmente, sostuvo que como consecuencia del secuestro y muerte de su marido se inició una causa penal, la que se archivó por no haber sido ubicados los responsables.

    Al ampliar su declaración testimonial (fs. 39 y vta.) la nombrada aportó mayores datos sobre las personas que mencionó en su denuncia -C.A.P., A.S., E.S., D.M., E.M., la familia C. y B.J.-, ilustrando en esa oportunidad sobre los posibles lugares de residencia de las personas allí enumeradas.

  4. - Que, el 24/04/2007 (fs. 37/38) la Dirección General de Personal del Ejército Argentino, remitió el listado del personal superior que cumplía funciones en fecha 10/08/1976 en el Regimiento de Infantería de Monte 28 de Tartagal.

  5. - Que, el día 19/06/2008 en la causa original prestó

    declaración testimonial F.E.M. cuya copia obra agregada a las presentes actuaciones (fs.59/60), quien manifestó que conoció a I.Y.P., por haber sido compañeros de trabajo en las proveedurías de YPF en la localidad de Campamento V..

    Fecha...

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