Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 4 de Junio de 2019, expediente FSM 119086/2017/CA003

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1 FSM 119086/2017/CA3 (13.196), C.: “IMPUTADO:

MASJUAN , EZEQUIEL s/ATENTADO CONTRA LA SEGURIDAD DE NAVES O AERONAVES QUERELLANTE: ALONSO, V. Y OTROS”, del Juzgado Federal N° 1 de San Isidro, Secretaria Nº 3.

Registro de Cámara: 11995 S.M., 4 de junio de 2019.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La querella interpuso recurso de apelación contra el auto que resolvió el archivo de esta causa por no poder proceder, atento la identidad procesal –objetiva y subjetiva-

    verificada con los autos caratulados “Pivida, L., C., D. y otros. Sus muertes”, Ficha IUE: 288-197/2015, en trámite ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de M. de 10° Turno de la República Oriental del Uruguay (artículos 1, 42 y 195, segundo párrafo, del CPPN, 75.22 CN, 8.4 CADH y 14.7 PIDCP).

  2. Si bien asiste razón al apelante cuando afirma que la respuesta a la rogatoria internacional no fue acompañada con testimonios de las actuaciones en trámite ante la justicia penal uruguaya, la información aportada es suficiente para zanjar las cuestiones señaladas en la anterior intervención de esta Sala (Fs. 485/487), porque ha establecido que, en el caso de los individuos particulares denunciados, media una identidad de hecho, causa y personas, entre lo actuado en este expediente y el propio del país vecino, iniciado con anterioridad y que cuenta con un grado mayor de avance procesal en comparación al presente.

    Fecha de firma: 04/06/2019 Firmado por: M.D.F., Firmado por: MARCOS MORAN Firmado(ante mi) por: A.B., SECRETARIA DE CAMARA #31011140#236145000#20190604114940759 Al respecto, debe observarse que la juez de M. “investiga las causas de precipitación de la aeronave H.B., ocurrida el 19 de marzo de 2015, con resultado (de)

    varias muertes y eventuales responsables penalmente” (Fs.

    503/507).

    En su actividad procesal, la justicia penal uruguaya citó a prestar declaración indagatoria a E.J.M., presidente de “Droguerías Meta S.A.”, cotitular del avión, G.C., integrante de esa firma, quien se habría encargado del arrendamiento del medio de transporte y E.S., asociado de “Furlong Fox S.A.”, empresa de viaje que intermedió entre quien alquiló la aeronave y la propietaria de esta última (Fs. 503/507).

    Por su parte, en este expediente, la querella se encuentra ejerciendo autónomamente el ejercicio de la acción penal, puesto que el Ministerio Público Fiscal así lo solicitó, en observancia a la autonomía funcional que ostenta (artículo 120 de la Constitución...

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