Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1, 1 de Septiembre de 2021, expediente FSM 025253/2020/CA001
Fecha de Resolución | 1 de Septiembre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 1 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 1
FSM 25253/2020/CA1, C.: “IMPUTADO:
MARTINEZ ROJAS, JUAN MARIANO s/DAÑOS”, (Juzgado Federal N° 1, Secretaria Nº 2, de M.).
Registro de Cámara: 13.013
S.M., 1° de septiembre de 2021.-
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal con motivo del recurso de apelación deducido por la defensa oficial de J.M.M.R., contra el auto que ordenó el procesamiento del nombrado, por hallarlo prima facie autor del delito de daño, en los términos previstos en el Art. 183 primer párrafo, del Código Penal y mandó a trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de pesos diez mil ($ 10.000).
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Puesto a resolver en orden a lo que ha sido motivo de agravio, se comprueba que el magistrado de grado ha evaluado con acierto las constancias probatorias que informan el legajo, en tanto le ha permitido dirigir al causante la imputación discernida en el pronunciamiento recurrido, con los límites de convicción que caracterizan a este segmento del proceso.
En tal sentido, cabe computar la reseña volcada en el informe de Jefatura de la Unidad, la declaración brindada por el personal del Servicio Penitenciario Federal y las fotografías incorporadas, las cuales dan cuenta que el 11 de junio del 2020, siendo las 16:40, en el pabellón 8, modulo 5,
el interno J.M.M.R., se acercó a la 1
Fecha de firma: 01/09/2021
Firmado por: M.A.L., PROSECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: J.P.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA
celaduría, manifestado que quería una entrevista con el jefe de interna, se le informó que debía solicitar una audiencia, lo que motivo que propinara golpes en la puerta de la celaduría e insultos e impropios; para luego ocasionar daños a la cámara de video vigilancia, procediendo a desconectarla y arrojarla con dirección a la puerta de acceso N° 1 del Pabellón.
Del informe elaborado por la División Servicio Generales del Complejo Penitenciario Federal II de M.P.,
surge que la misma presenta daños en el exterior, como también en el cableado de la alimentación y video, en su interior en los conectores de la placa, estimando en un costo aproximado que de $ 1.932.
En lo que respecta al agravio centrado en el valor probatorio que debe asignarse a las declaraciones prestadas por los funcionarios penitenciarios, cabe reiterar el criterio de la Sala en cuanto a que tales afirmaciones merecen fe...
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