Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2, 9 de Noviembre de 2016, expediente FSM 048003097/2005/CA001

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7590- FSM 48003097/2005/CA1 “IMPUTADO: MALARA, L.N. s/SECUESTRO EXTORSIVO”

REGISTRO DE CÁMARA N°

San Martín de de 2016.

Autos al acuerdo.

Ante mí:

S.M., de de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I) El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 2 de M. dispuso el procesamiento y la prisión preventiva de L.N.M. por considerarlo prima facie coautor de los delitos de robo agravado por el uso de armas, secuestro extorsivo agravado por el uso de armas y por haberse pagado rescate y privación ilegítima de la libertad, agravado por el uso de amenazas, todos los cuales concurren en forma material; asimismo, trabó embargo sobre sus bienes Fecha de firma: 09/11/2016 Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #28680624#162577600#20161107082346805 por la suma de quinientos mil pesos -$500.000-

(arts. 41 bis, 55, 142, inc. 1°, 166, inc. 2°, y 170, párr. in fine, Cód. Penal; arts. 306 y 312 del Cód. P.. Penal de la Nación, fs.869/884).

La decisión fue apelada por la defensa oficial que, en la instancia, mantuvo la impugnación; sin adhesión del señor F. General (fs. 898/v., 919 y 921/926).

II) En primer lugar corresponde mencionar que, en orden a los hechos que son materia de investigación, J.I.R. y R.A.W. fueron condenados el 6 de noviembre de 2007 a la pena de 14 años de prisión; sanción que, el 7 de julio de 2008 la Cámara Federal de Casación Penal redujo a 13 años y 6 meses de prisión. Más tarde les fue concedida a ambos la libertad condicional; beneficio que en relación a Wiefling fue revocado por haber sido detenido en el marco de otro proceso penal (cn° 1807, TOC, Federal n° 3, S.M., fs. 932/v.).

Sentado ello y en lo que ahora interesa, puntualizamos los testimonios suministrados por las víctimas, A.O.L. y F.F. de firma: 09/11/2016 Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #28680624#162577600#20161107082346805 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7590- FSM 48003097/2005/CA1 “IMPUTADO: MALARA, L.N. s/SECUESTRO EXTORSIVO”

REGISTRO DE CÁMARA N°

L. (fs. 79/81v. 83/86v., 326/327v. y 384/385v.).

A.O.L. subrayó que se contacta el 28 de julio del 2005 con “R.”

interesándose por mercaderías y de ese modo junto a este y otro sujeto se dirigen a un galpón, dónde es reducido por estos sujetos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR