Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 25 de Marzo de 2022, expediente FLP 002759/2021

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

FLP 2759/2021

La Plata, 25 de marzo de 2022.

VISTO: Este expediente Nº FLP 2759/2021,

caratulado: “M de O, C M s/ Infracción Art. 145 ter.

Conforme Art. 26 Ley 26.842”, procedente del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

I. La defensa de C M M de O interpuso recurso de apelación contra la resolución del día 8 de noviembre de 2021, mediante la cual se decretó el procesamiento con prisión preventiva del nombrado como autor del delito de trata de personas con fines de explotación sexual doblemente agravado por haberse cometido mediante engaño y/o abuso de la situación de vulnerabilidad y por tratarse de más de tres víctimas,

en concurso ideal con el delito de promoción de la prostitución agravado por haberse cometido mediante engaño y/o abuso de una situación de vulnerabilidad, y en concurso real con el delito de abuso sexual por haberse aprovechado de que las víctimas (tres) no hayan podido consentir libremente la acción por su situación de vulnerabilidad, agravado por haber sido cometido con triple acceso carnal, por haber generado un grave daño en su salud mental, por haber tenido conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave y haber existido peligro de contagio; todo ello en calidad de autor (artículos 54,

55, 145 bis en función del 145 ter, incisos 1° y 4° en concurso ideal con el artículo 125 bis en función del 126; los cuales concurren en forma real con el artículo 119 primer y tercer párrafo, incisos a) y c)

del Código Penal).

Asimismo, el magistrado fijó la suma de tres millones y medio de pesos ($3.500.000) en concepto de embargo, para responder a la eventual responsabilidad civil y/o penal que de los hechos investigados pudiera surgir.

A su vez, dispuso la falta de mérito respecto del imputado en orden a los delitos de producción y/o Fecha de firma: 25/03/2022

Alta en sistema: 28/03/2022

Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

tenencia de material de abuso sexual de niños, niñas y/o adolescentes y de la estafa, por los cuales fuera oportunamente indagado (artículo 309 del Código Procesal Penal de la Nación).

Y finalmente, declaró la incompetencia en razón del territorio para continuar entendiendo en la presente causa y ordenó la remisión al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal que por turno correspondiera (ver fs. 92).

El recurso fue concedido a fs. 125.

II. La presente causa tuvo inicio el día 13

de marzo del 2021 a través de una denuncia anónima recibida en la línea 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata.

Allí se puso en conocimiento de una posible situación de explotación sexual de una niña, expuesta en un canal de YouTube. El denunciante indicó que al ingresar al canal de YouTube de “C M de O, el rey del voxer”, se podía visualizar un video titulado “El rey del voxer presenta a Víctima A1”, donde se podía ver a una niña de aproximadamente XX años siendo abusada sexualmente por un adulto, sin aportar mayores datos.

Asimismo, señaló que también se podía acceder a dicho video a través del canal denominado “S

Entertainment”.

En virtud de lo expuesto, el personal de la Unidad Federal de Investigaciones sobre Trata de Personas de la Policía Federal Argentina informó que el canal “El rey del voxer” fue creado el 12 de septiembre de 2017, que su descripción decía “M. de Artistas y Productor de TV, Casting y entrevistas a futuros artistas”, y que se podían observar videos en donde M de O presentaba a sus futuros artistas.

En cuanto al canal “S Entreteinment”, informó

que se unió con fecha 4 de noviembre de 2018 y que en este canal se podía visualizar el video denunciado.

Fecha de firma: 25/03/2022

Alta en sistema: 28/03/2022

Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

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FLP 2759/2021

III. Conferida la vista del artículo 180 del C.P.P.N. el titular de la Fiscalía Federal N° 1 de Lomas de Z., Dr. S.N.M., formuló

requerimiento de instrucción.

Respecto de la posible explotación sexual de menores, señaló no era posible descartar los procesos previos de ofrecimiento, captación, traslado,

recepción y/o acogimiento con esos fines, y solicitó

medidas para confirmar o descartar, si dichos extremos a “prima facie” podrían encuadrar en la figura contemplada en el art. 145 bis del Código Penal de la Nación.

En virtud de ello, dispuso la realización de tareas investigativas encubiertas a la Sección Investigaciones Especiales de la Policía de la Ciudad,

quienes elaboraron Informe Preliminar bajo Sumario n°

130262/2021, el cual fue incorporado a través del Sistema Informático “Lex 100” y del cual surge que el investigado C M M de O se encuentra identificado con el D.N.

I. n° XXX, y que residía en la calle A del V

XXX del Partido de Quilmes. A su vez, la prevención determinó que obraban registrados en dicho domicilio una gran cantidad de individuos, quienes en principio no guardarían relación con el investigado, los cuales poseían registros financieros en el Banco Industrial S.A y TIENDAJUBILO S.A. durante los años 2019 y 2020.

También se determinó, el registro automotor de un vehículo de marca Fiat modelo Ducato del año 1994 con dominio XXX y un número de telefonía móvil a su nombre XXX.

La compulsa sobre vehículo mencionado arrojó

como resultado que corresponde a un rodado de marca Fiat modelo Ducato tipo Microbus con número de motor 149B10001425474 y número de chasis ZFA29000000487782

con fecha de inscripción el día 18/08/1994.

Su titular era M A M de O (fallecido) con D.N.

I. N° XXX con domicilio en la calle M M XXX de la LOlidad de V.D. de la Provincia de Buenos Aires, y su cotitular C M M de O.

Fecha de firma: 25/03/2022

Alta en sistema: 28/03/2022

Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

Dicho vehículo poseía varios habilitados para conducirlo, detallándose a los siguientes individuos:

  1. G P B con D.N.

    I. N° XXX con domicilio en F

    N° XX de O;

  2. D D sin otro dato filiatorio;

  3. J P C con D.N.

    I. N° XXX con domicilio en D

    S N° XX de N;

  4. A D B con D.N.

    I. N° XXX con domicilio en la M F Casa XX del M de L de Mendoza; y e) M L M con D.N.

    I. N° XXX con domicilio en la M F Casa XX del M de L de Mendoza.

    Por otra parte, se realizó compulsa en la página web https://formularioddjj.argentina.gob.ar/descarga/

    seleccionar certificado, utilizando como credencial de acceso el n° de documento nacional de identidad y de trámite del imputado en autos, arrojando como resultado que para el nombrado se emitió un permiso de circulación ante la Emergencia Sanitaria Covid-19 el día 01/07/2020, registrando el documento de identidad n° XXX, con domicilio en A del V en la LOlidad de Quilmes Oeste de la Provincia de Buenos Aires,

    teléfono XXX, correo electrónico selcris2014@gmail.com, con número de tarjeta sube 60612682258570411, informando dato de persona asistida por enfermedad en la calle C XXX de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con número de teléfono XXX.

    Con la información recopilada, la fuerza policial encargada de la investigación procedió a realizar inteligencia en diversas redes sociales,

    utilizando como parámetro de búsqueda el nombre y apellido del imputado en autos. De ese modo, se pudo establecer que el investigado poseía tres cuentas de perfil de carácter público:

    Una cuenta en la red social Instagram bajo el nombre “agente_de_artistas_nuevos” (URL:

    https://www.instagram.com/agente_de_artistas_nuevos”,

    y las dos restantes perteneciente a la red social Facebook bajo el nombre “C A (agente de nuevos talentos)” cuyo URL era Fecha de firma: 25/03/2022

    Alta en sistema: 28/03/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

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    FLP 2759/2021

    https://m.facebook.com/people/C-A/ y bajo el nombre “A

    A M (el padrino bueno) productor de tv manager fotógrafo y director de cine ” cuyo URL era “https://www.facebook.com/CM.s.7”.

    En estos perfiles públicos se podían apreciar fotografías de C M M de O, como así también diversas publicaciones en la que refería ser manager de artistas y productor de eventos, serie, cine y espectáculos.

    Conforme señaló la prevención, resultaba notorio apreciar que el carácter de las publicaciones tenía explícitamente por objeto el reclutamiento de personas de diversos sexos, géneros y edades, bajo la promesa de realizar grabaciones de series, películas y/o publicidades, destacándose que, en varias de ellas, solicitaba personas de ambos sexos para películas condicionadas.

    En los perfiles enunciados aportaban dos abonados telefónicos de contacto (XXX de Movistar y XXX de Telecom-Personal) y se informaba que la agencia se encontraría en el barrio de Congreso de la Ciudad de Buenos Aires.

    Ahondando en las búsquedas, se determinó que con fecha 1º de enero del 2021, en la red social de Instagram el imputado realizó una publicación en la que se podía observar a una persona de aparente sexo femenino en la que indicaba “Actriz trans de mi agencia”, a lo que un usuario le contestó,

    increpándolo: “Vendes a las mujeres bobo”.

    Continuando con la pesquisa, la prevención realizó una compulsa mediante el motor de búsqueda de Google determinando la existencia de una página web cuyo URL era https://www.MdeO.blogspot.com donde fue posible observar fotografías y comentarios publicados por usuarios anónimos quienes buscarían alertar a posibles víctimas sobre las conductas y actividades realizadas por C...

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