Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 10 de Mayo de 2017, expediente FLP 052004579/2004/CA001

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 52004579/2004/CA1 La Plata, 10 de mayo de 2017.

VISTO: Este expediente N°FLP 52004579/2004, (Reg. Int. 8777), caratulada: “K.S., H.

s/Falsificación documentación automotor”, procedente del Juzgado Federal Criminal y Correccional N° 1 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO:

EL JUEZ ÁLVAREZ DIJO:

I. Llegan estas actuaciones a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 217/218, por el Sr. Fiscal L.G.B., contra la resolución, de fs. 213/215, que decretó el sobreseimiento de de K.S., H., respecto del delito por el cual fuera indagado consistente en “la falsificación de la firma del Titular del Registro Nacional de la Propiedad Automotor Seccional nº 9, C.A.L., inserta en el formulario 08 nº original, duplicado y triplicado), en el formulario 02 nº (duplicado), en el Titulo del Automotor nº correspondiente al vehículo Fiat Duna SD Sedan 4 ptas chasis motor nº, en la Cedula de Identificación del Automotor nº, en los recibos Aranceles nº y nº y en el informe de estado de dominio de fecha 5 de agosto de 2004, y su utilización mediante su presentación el 20 de agosto de 2004 ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor nº 9 Lanús con el objeto de iniciar los tramites de transferencia del vehículo mencionado anteriormente”.

Estos hechos fueron precalificados en los arts. 292 y 296 del C.P.

II. Las investigación se inició a raíz de la denuncia formulada por el Encargado Titular del Registro Seccional Automotor Lanús 9, a través del cual hizo saber que el 20 de agosto de 2004 K.S., H.

se presentó ante el Registro mencionado con el objeto de llevar a cabo la trasferencia de rodado Fiat Sevel Duna SD dominio.

Fecha de firma: 10/05/2017 Alta en sistema: 18/05/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #28347916#178384662#20170511104552382 En dicha oportunidad mencionó que el nombrado acompañó documentación (formulario 08 Nº solicitud 02 N°, recibos de aranceles Nº , y la inserta en la fotocopia de la cedula nº) que tenía inserta una firma suya que resultó ser falsa pues la desconocía (fs.

1/12).

III. El magistrado de primera instancias delegó al Agente Fiscal la instrucción en los términos del art. 196 del CPPN (fs. 13), quien ordenó una serie de medidas investigativas.

En virtud de los resultados obtenidos, el...

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